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Euribor en negativo

2016-02-01, Marian López


La semana pasada saltaba la noticia: el euribor cotizaba en negativo por primera vez. La pregunta era obvia: ¿qué pasa con mi hipoteca?. ¿Me devolverán dinero?.

Antes de nada, analicemos esta situación realmente atípica. El euribor, el indicador al que están referenciadas el 90% de nuestras hipotecas, cotizó el pasado día 5 de febrero, en negativo por primera vez en su historia.

Claro… A todos los que tenemos hipotecas nos asaltaba una duda: ¿qué pasará con la hipoteca mientras el euribor siga cotizando en negativo?.

Muchos saltaron de alegría pensando que de proseguir esta situación, el banco acabaría por devolverles dinero. Pero… ¡un momento!. Que nadie se haga ilusiones :¿un banco devolviendo dinero a sus clientes?. La verdad, no lo veo.

No todos los hipotecados se verán beneficiados por la caída del euribor a 12 meses. ¿Quiénes quedarán fuera?:

  • Aquellos que tengan una hipoteca a tipo fijo.
  • Quienes tengan constituida una hipoteca con un índice de referencia distinto al euribor, por ejemplo el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios), que se aplica aproximadamente al 13% de las hipotecas en nuestro país.
  • Aquellas hipotecas con cláusula suelo.
  • Quienes tengan una hipoteca para financiar la compra de una VPO (Vivienda de Protección Oficial), ya que la revisión de los tipos de interés anuales se acuerda en Consejo de Ministros.

No todos los beneficiados por esta caída del euribor, se ven beneficiados de la misma manera. Los más beneficiados serán aquellos que constituyeron sus hipotecas durante los años 2007 y 2008 en los que el euribor se movía en sus niveles máximos.

El beneficio también se notará de forma diferente según el plazo al que se revisen los tipos de interés de tu hipoteca.

Si por ejemplo el tipo de interés se revisa anualmente y firmaste en marzo (no a principios), hasta marzo del año que viene (2017) no se volverá a revisar. Si tu plazo de revisión es cada seis meses, dependiendo de cómo evolucione el euribor, te tocará pagar más o menos.

Habrá que esperar a ver cómo cierra el euribor este mes de febrero porque el hecho de que ahora esté en negativo, no significa que la media mensual del índice sea negativa.

En definitiva, ¿qué significa para los hipotecados como yo que el euribor se mueva en un terreno negativo?.

1.- Todos aquellos que tengamos un préstamo hipotecario a tipo variable, seguiremos ahorrando «dinerito» en nuestra cuota mensual.

Sin embargo, es muy difícil que los intereses del préstamo acaben también en negativo. ¿El motivo?. Sencillo. En una hipoteca a tipo variable, el interés está compuesto por: el euribor + un diferencial aplicado por el banco.

Lo veremos claro con un ejemplo.

Supongamos que mi hipoteca está referenciada al euribor + un diferencial del 0,5%, para que el interés de mi préstamo fuera negativo, el euribor debería caer por debajo de este nivel.

Aún en el caso de que el euribor se quedara en un -0,3%, el interés de mi préstamo seguiría en positivo en un 0,2%.

Por tanto, es prácticamente imposible que el banco acabe pagando al cliente. En el mejor de los casos, para aquellas hipotecas con un diferencial muy bajo, el banco podría optar por aplicar un tipo de interés del 0%.

En ese caso excepcional, el banco no nos devolvería dinero, pero tampoco nos cobraría intereses. Tendríamos que pagar sólo capital.

2.- No nos esperemos grandes rebajas en nuestras cuotas mensuales. Depende del diferencial que tengamos en nuestra hipoteca, lo notaremos más o menos. Si ya contamos con un diferencial bajo, notaremos más la caída del euribor frente a los que partan con una hipoteca cuyo diferencial sea más elevado.

Por ejemplo, para un préstamo a 20 años a euribor + 2%, el ahorro anual sería de 252 euros (21 euros al mes).

3.- Mucho cuidado con crear falsas expectativas a todos aquellos que vayan a hipotecarse. Esta situación es algo puntual (y excepcional). En cualquier momento, los tipos de interés pueden comenzar a subir y se «dará la vuelta a la tortilla».

Como ya hemos comentado en algún post anterior, debemos tener muy claro cuál es nuestro nivel de endeudamiento -hasta dónde nos podemos endeudar-, y no hacerlo al límite, por encima de nuestras posibilidades.

Calculemos como nivel máximo de endeudamiento un 30% sobre nuestros ingresos e intentemos no sobrepasarnos para evitar disgustos en el futuro.

Una semana más, os demostramos que no todo es de color rosa, y que en este caso, «vale más prevenir que curar«.

Como ya sabéis, no dudéis en consultarnos vuestras dudas contactando con nosotros a través de nuestra página web www.garciaslopezasesores.es. Estaremos encantados de poder ayudaros.

La semana que viene, «amenazamos» con nuevas historias. Hasta entonces, por favor, sed felices.

 

 

 

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Precacuciones invertir

2016-02-01, Marian López


 

Es recomendable tomar una serie de precauciones antes de invertir en cualquier producto financiero. Una mala decisión, puede suponer un verdadero problema.

No son pocos los clientes que vienen en busca de asesoramiento cuando han sufrido las consecuencias de haber firmado algo sin entenderlo.

Debéis saber que en un contrato, vuestra firma se interpreta como que aceptáis las condiciones del mismo. Por eso es muy recomendable acudir a profesionales que puedan asesoraros a conciencia.

Empecemos por el principio: el MIFID establece tres categorías de clientes con diferentes niveles de protección según te encuentres en una u otra categoría.

¿Qué es el MIFID?.

El MIFID es la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (Markets in Financial Instruments Directive). Esta Directiva persigue entre otras cosas, unificar el mercado de servicios financieros de la Unión Europea, así como proteger a los inversores.

Categoría de clientes según MIFID.

El MIFID establece tres categorías de clientes:

  • Contrapartes elegibles. Clientes con el máximo conocimiento, experiencia y capacidad financiera. El nivel de protección que les otorga MIFID es menor.
  • Clientes profesionales. Aquellos que poseen la experiencia, conocimientos y capacidad financiera necesarios para tomar sus propias decisiones de inversión y valorar correctamente los riesgos que conllevan estas decisiones. El nivel de protección de MIFID es medio.
  • Clientes minoristas. No profesionales con conocimientos y experiencia en los mercados financieros limitados  (aquí es donde nos encontramos la mayoría de nosotros). Nivel de protección máximo.

Si eres un cliente minorista, debes tomar aún más precauciones antes de invertir. Recuerda que además requerirás más protección por parte de la entidad.

Lo primero que debes hacer como inversor, es conocer tu perfil de inversión: conservador, moderado o arriesgado.

Reflexiona sobre el nivel de riesgo que estás dispuesto a asumir, analiza cuál es tu situación económica (gastos, ingresos, deudas) y qué rendimientos te gustaría obtener (cantidad que te gustaría conseguir, en qué plazo y para qué).

Debes tener claro cuál es tu perfil de inversor:

  • Estar dispuesto a asumir pérdidas, si tienes un perfil arriesgado.
  • Conformarte con rentabilidades ajustadas, si tu perfil es conservador.

Las primeras precauciones que hay que tomar antes de invertir son:

  • Asegurarte de que contratas con entidades autorizadas (¡mucho cuidado con los “chiringuitos financieros”!).
  • Antes de tomar cualquier decisión, tómate el tiempo que sea necesario.
  • Solicita la información por escrito.
  • No firmes nada que no entiendas.
  • Conserva siempre toda la documentación que firmes: contratos, información sobre los productos financieros contratados y justificantes de las operaciones que realices. Te servirán como prueba ante cualquier posible reclamación.

Como inversor minorista o particular, gozas del mayor grado de protección según el MIFID.

¿Qué obligaciones tiene la entidad?.

  • Actuar de forma honesta, imparcial y profesional.
  • Recabar información sobre el cliente.
  • Proporcionar información clara y no engañosa por escrito, antes de que el cliente tome una decisión respecto a su inversión. En esta información, deben constar datos sobre la entidad, los servicios que presta, los productos que comercializa, así como los gastos y costes asociados a los mismos.
  • Mantener informado al cliente periódicamente.
  • Informar de la existencia del folleto informativo registrado en la CNMV (Comisión Nacional de Valores).
  • Ofrecer productos en base a las circunstancias personales de cada cliente.

Ante de venderte un producto, el banco tiene la obligación de evaluar si éste es conveniente o no para ti. Esto lo hará a través del llamado “test de conveniencia”, si lo que se va a contratar es un producto financiero complejo (futuros, swaps, warrants…).

Si se trata de productos no complejos (acciones, valores de renta fija, fondos de inversión…), sólo en el caso de que seas tú quien tome la iniciativa de contratarlo, y no el banco, no existe obligación de valorar si el producto es adecuado no para ti.

Cuando es el banco quien ofrece productos de inversión, lo que debe hacer es evaluar tu idoneidad  a través del “test de idoneidad”. Lo que valora este test es si lo que se te ha recomendado responde a tus objetivos de inversión, si puedes asumir el riesgo que conlleva el producto y si posees conocimientos y experiencia suficientes para comprender dichos riesgos.

Así pues, distinguiremos entre:

Test de conveniencia. Valora tus conocimientos y experiencia. Se hacen preguntas como:

  • Tipos de productos y servicios que conoces.
  • Frecuencia, volumen y naturaleza de las operaciones que vayas a realizar.
  • Nivel de estudios y profesión.

Test de idoneidad. Con él se pretende asegurar que las recomendaciones que te ha hecho el banco son las más adecuadas para ti, teniendo en cuenta tu situación particular. Las preguntas que se hacen son:

  • Conocimientos y experiencia previos (recogidos en el test de conveniencia).
  • Tu situación financiera (nivel de ingresos, patrimonio, gastos y pagos periódicos, etc).
  • Objetivos de inversión (tipo de riesgo que estás dispuesto a asumir, tiempo que deseas mantener tu inversión).

Sé por experiencia propia, que contestar a tantas preguntas (muchas de ellas personales), resulta un tanto incómodo, pero si no le damos esa información al banco, difícilmente nos podrán asesorar adecuadamente.

No obstante recuerda firmar si consideras que pese a los test:

  • Has sido asesorado, pero el producto no es conveniente para ti.
  • No has sido asesorado.
  • No has aportado información suficiente para ser evaluado.

El banco tiene la obligación de darte una copia de tu evaluación.

Asimismo, deben informarte del Fondo Garantía de Inversiones (FOGAIN)  al que se encuentra adherido el banco. Este Fondo, en determinadas circunstancias, puede indemnizarte hasta con 100.000 euros en caso de que la entidad resulte insolvente.

Más precauciones que debes tomar antes de invertir.

¡Ojo con la publicidad!. Muchos de los folletos de los productos pueden resultar engañosos:

  • No incluyen toda la información necesaria para que puedas decidirte por el producto en concreto.
  • Lo que se intenta con la publicidad, es hacer el anuncio lo más atractivo posible. Por ello, la información suele ser bastante limitada y la letra pequeña pasa desapercibida  en muchas ocasiones.
  • Si no van acompañados de las advertencias adecuadas, pueden generar expectativas poco realistas.

¿Cuáles son las prácticas incorrectas más comunes en publicidad?.

  • Que la letra pequeña contenga información relevante.
  • Que se transmita una idea de ganancia segura.
  • Que se garantice la rentabilidad sin correr riesgos. No existe una inversión 100% exenta de riesgos.

¿Dónde puedes acudir a reclamar?.

Para reclamar sobre un producto financiero, hay que seguir una serie de pasos:

  1. Presentar una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente (SAR) o Defensor del Cliente del propio banco (lo localizarás en la página web de la entidad).
  2. Si en un plazo de dos meses no obtienes respuesta o ésta no es satisfactoria, puedes dirigirte a la Oficina de Atención al Inversor de la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores).
  3. El plazo máximo para la resolución del expediente es de 4 meses.

Si pese a todo, decides reclamar vía judicial y necesitas un abogado, no dudes en consultárnoslo a través de nuestra página web www.garciaslopezasesores.es. A lo largo de estos años, nos hemos hecho cargo de alguna que otra reclamación a entidades financieras.

Esperamos que este post sobre “precacuciones antes de invertir”, os resulte útil. Si lo conseguimos, habremos cumplido nuestro objetivo.

La semana que viene volveremos con un nuevo tema. Hasta entonces, sed felices.

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No puedo pagar mi hipoteca

2016-01-24, Marian López


Durante la crisis, un elevado porcentaje de las hipotecas firmadas en los «años de bonanza» han pasado a ser un problema no sólo para los bancos, sino también para los hipotecados.

En los años 2005 a 2008, se produjo en nuestro país un boom inmobiliario que acabó por desinflarse y ahora pagamos las consecuencias. Todos hacían negocio: constructoras, arquitectos, tasadores, bancos, inmobiliarias.

Se vendían viviendas muchas veces sobrevaloradas, pero se hacía «con alegría«. Entre otras cosas, el artículo 47 de nuestra Constitución- «Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada«- se grabó en nuestros cerebros con una «leve» adaptación del texto: «todos podemos tener nuestro pisito en propiedad«. La vía del alquiler, no se contemplaba.

Los bancos nos lo ponían fácil para que accediéramos a un préstamo hipotecario y éramos pocos los que no caíamos en la tentación.

Sin embargo, a partir del 2008 comenzó una crisis económica a nivel mundial de la que aún no nos hemos recuperado. En España esta crisis supuso el fin de la burbuja inmobiliaria, la crisis bancaria del año 2010 y finalmente un aumento del desempleo.

Muchos de los que en la época de las «vacas gordas» compraron una buena vivienda adaptada a sus buenos sueldos, se ven hoy sin trabajo o con sus sueldos reducidos y debiendo afrontar unas cuotas demasiado elevadas para su situación actual.

Ante semejante panorama, siempre es bueno saber cómo actuar y para ello nada mejor que unos consejos.

Qué hacer si no puedes pagar tu hipoteca.

1.- Lo primero que debemos tener claro es que hay que afrontar los problemas lo antes posible. Si por ejemplo vemos que nuestra empresa empieza a tener dificultades, es mejor anticiparse ante la posibilidad de un despido.

Debemos sentarnos a reflexionar y ver de qué manera podremos enfrentarnos a nuestros gastos en caso de una hipotética bajada de sueldo o el despido.

Es en ese momento, y no después, cuando debemos comenzar a tomar medidas como disminuir nuestros gastos o estudiar otras fuentes de ingresos.

2.- Dar la cara. Una vez que ya hemos previsto que podemos tener problemas, lo más importante es no esconderse y dar la cara. Tenéis que ir a vuestro banco a hablar con el director y plantearle vuestra situación.

Es bueno que la persona del banco con la que habléis ponga cara a la hipoteca que seguramente entrará en mora. Sobretodo debemos dejar claro que nuestra intención en todo momento es continuar pagando nuestra deuda, pero que por los motivos expuestos, en estos momentos nos resulta difícil afrontar la cuota actual.

3.- Comprobar si nuestro préstamo hipotecario tiene seguro de protección de pagos. Cuando firmas un préstamo hipotecario, normalmente vienen aparejados los seguros de vida y de hogar, aunque a veces se incluyen también seguros cuyo objetivo es el de bonificar las condiciones de la hipoteca.

Uno de estos seguros es el de protección de pagos, aunque también en el seguro de vida puede aparecer esa cobertura. Mirad bien vuestro contrato para comprobar si existe y cuáles son las condiciones.

El seguro de protección de pagos puede cubrir las cuotas durante un determinado período de tiempo, que suele ser un año.

4.- Negociar con el banco. Llegado el momento, debemos ser capaces de acudir a nuestro banco en busca de soluciones.

¿Qué opciones tenemos si no podemos pagar la hipoteca?.

  • Ampliar el plazo de devolución. Si la hipoteca está firmada a un plazo de 35-40 años, el banco no accederá a esta opción. En caso de que se pueda, ampliar el plazo de devolución supone una rebaja sustancial de la cuota mensual (hasta un 25%). El proceso por el que se renegocia el préstamo hipotecario se llama novación. Recalcar que al ampliar el plazo, se generarán más intereses a los que hacer frente.
  • Negociar un período de carencia de capital. Lo que se negocia con el banco es poder pagar sólo intereses durante un tiempo sin amortizar deuda. En este caso, las cuotas pueden reducirse hasta un 50%. Con este sistema, el capital se va acumulando y en el momento en que podamos, volvemos a pagar capital como antes. Es una solución para evitar la ejecución hipotecaria.
  • Dación en pago. Es la última de las opciones contempladas y la menos deseable. Consiste en que tu banco acepte que le entregues tu vivienda como pago del préstamo hipotecario. Los bancos suelen ser reacios a esta solución. Deben darse una serie de requisitos, como ser deudor de buena fe o haber intentado llegar a un acuerdo con el banco.

Recuerda seguir estás pautas. Si no puedes pagar tu hipoteca:

Intenta reequilibrar tu presupuesto. Reduce gastos y procura buscar otras fuentes de ingresos para poder afrontar tus deudas.

No te escondas y afronta tus problemas. Lo peor que puedes hacer es eludir una situación que está ahí. La deuda va a continuar si no pagas y además te expones a perderlo todo.

Siéntate a negociar con tu banco. Si hay predisposición por parte de ambos interlocutores, siempre se puede llegar a una solución y evitar perder tu casa.

Ya sabéis que en www.garciaslopezasesores.es, encontrarás respuesta a todas tus dudas. Puedes consultarnos sin compromiso y estaremos encantados de atenderte.

Hasta la semana que viene. Que seáis muy felices.

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Banca móvil

2016-01-18, Marian López


La banca móvil se ofrece como un medio o canal tecnológico a través del cual poder recibir información de nuestro banco, realizar transacciones como transferencias o pagos, conocer el estado de nuestra cuenta o controlar nuestros recibos.

La semana pasada, CaixaBank anunciaba «a bombo y platillo» el lanzamiento del primer banco sólo móvil: imaginBank. Su objetivo: captar medio millón de clientes de los llamados «millenials». Jóvenes nativos digitales con edades comprendidas entre los 18 y los 35 años.

Esta aplicación de banca móvil pretende simplificar todas nuestras gestiones «cotidianas» facilitándonos toda una serie de servicios a los que podremos acceder a través de nuestros teléfonos móviles y que evitarán el tener que desplazarnos físicamente a nuestro banco.

La generalización del pago con móvil es un hecho inminente. Esto supondría el fin de las transferencias realizadas directamente en el banco o incluso las efectuadas por internet.

El cobro de comisiones por sacar dinero en cajeros de bancos de los que no seamos clientes, ha sido «la gota que ha colmado el vaso«. Y es que somos muchos los que nos sentimos molestos por tener que pagar comisiones que van del 1,85 a los 2 euros.

Esta es otra de las razones por las que el pago con móvil se verá impulsado en los próximos meses, frente al pago con tarjeta. La banca móvil no es el futuro, sino un servicio cada vez más extendido actualmente.

Los tres grandes bancos españoles (Santander, BBVA y CaixaBank) que son precisamente los que más comisiones cobran por sacar dinero de sus cajeros a los no clientes, han optado por potenciar el uso de la banca móvil.

El único escollo que queda por resolver es la creación de una plataforma común que haga compatible los pagos entre los diferentes bancos y las operadoras móviles.

Probablemente, y debido a la presión hacia los bancos por parte tanto de consumidores como del Banco de España o el Banco Central Europeo, entre los meses de junio y julio, se creará una plataforma común de pago con móvil.

Como siempre, todo tiene su lado bueno y su lado «menos bueno«. En este post intentaremos analizar tanto las ventajas como los «riesgos» de la banca móvil.

Cuál es la oferta actual de banca móvil.

Antes de empezar a analizar las ventajas o riesgos de la banca móvil, veamos cuál es la oferta actual al respecto.

  • CaixaBank. La semana pasada lanzó su estrategia comercial con la banca móvil imaginBank. Nos ofrece más de 40 aplicaciones gratuitas que dan acceso a servicios como realizar pagos y transferencias, consultar índices bursátiles, acceder al resumen de tu situación financiera, controlar los recibos, etc.
  • BBVA. Su aplicación de banca móvil nos permite consultar el estado de nuestras cuentas y tarjetas, así como comprar o vender en Bolsa, o hacer aportaciones a tu plan de pensiones.
  • Bankinter. Desde su aplicación también podremos consultar el saldo de nuestras tarjetas, realizar transferencias, consultar información sobre nuestros préstamos o productos de ahorro-inversión, etc.
  • Banco Popular y Banco Sabadell son otras de las entidades financieras que potencian sus aplicaciones para móviles. En concreto, Banco Sabadell fue el primer banco español en contar con una plataforma para banca móvil.

Ventajas de la banca móvil.

  • Comodidad. Puedes acceder a tus posiciones y operar a través de la aplicación móvil, sin necesidad de desplazarte hasta una sucursal bancaria.
  • Servicio 24 horas al día, sin tener que depender del horario comercial de los bancos (la mayoría abiertos sólo por la mañana).
  • Control diario del dinero que hay en tu cuenta.
  • Rapidez. Es un servicio con el que ahorras tiempo, ya que no tienes porqué desplazarte hasta tu banco.
  • Fácil de usar. Quienes desarrollan las aplicaciones, trabajan para que cada vez nos resulte más fácil usar una app financiera.
  • En caso de que te clonen la tarjeta, podrás saberlo de manera instantánea y denunciarlo en ese mismo momento.
  • La banca móvil cuenta con aplicaciones que nos facilitan la administración de nuestras finanzas personales. Al poder acceder a todas mis posiciones en el banco (ingresos, gastos, inversiones, beneficios, etc), es mucho más fácil llevar un control eficiente de mi dinero.

Riesgos de la banca móvil.

Tanto los dispositivos móviles, como las tabletas o los iPad, están en el «punto de mira» de los hackers. Ese es el mayor riesgo de las aplicaciones de banca móvil. Es recomendable que tanto los móviles como las tabletas se protejan con programas antivirus.

iPhone y iPad son los menos vulnerables a los ataques informáticos.

Consejos y precauciones.

  • Es importante que os aseguréis de que la aplicación que instaléis sea la oficial del banco. Recomendamos que para ello os metáis en la página web de la entidad bancaria.
  • Debéis actualizar las aplicaciones regularmente. Para las operaciones que necesiten acceder a vuestros datos personales bancarios, tenéis que intentar evitar conexiones a redes wi-fi que no sean seguras.
  • Evitad dejar desbloqueado el móvil. Lo mejor es que tengáis una clave de desbloqueo del terminal.
  • Acordaos de salir de la aplicación cuando hayáis terminado con vuestras consultas u operaciones.
  • Pese a que las aplicaciones móviles suelen tener limitaciones de cantidad para las transferencias, aseguraros de que sea así.
  • Mucha precaución a la hora de descargar aplicaciones: hay mucho estafador en la red.

Pese a que la banca móvil se impone cada vez más frente a la banca tradicional para realizar algunas operaciones, aún queda camino por recorrer, aunque parece que vamos en la dirección correcta.

La banca tradicional si quiere ganar eficiencia, debe reinventarse. A los bancos les toca luchar en un entorno en el que los tipos de interés están muy bajos y sus márgenes también se han estrechado.

Como siempre, para acceder a un servicio de banca móvil, deberéis firmar previamente un contrato con el banco de turno. Prestad mucha atención a la «letra pequeña» y si tenéis alguna duda, ya sabéis que podéis consultárnosla a través de la página web www.garciaslopezasesores.es

Hasta la semana que viene. Sed felices.

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FI Garantizados

2016-01-11, Marian López


Los Fondos de Inversión Garantizados son fondos de inversión que garantizan todo o parte del capital invertido, así como una rentabilidad media mínima prefijada para un determinado período de tiempo.

La semana pasada, la prensa económica se hacía eco de la siguiente noticia: «Este año vencen 6.800 millones de euros invertidos en fondos garantizados«. En total, son 137 los fondos de esta categoría con vencimiento en el 2016.

Ante un evento de tal magnitud, la banca se ha puesto «manos a la obra» para intentar captar o retener en sus entidades ese dinero.

Seguro que alguno de vosotros contará con un fondo de este tipo que en su día le recomendó el asesor de su banco de confianza.

Los fondos de inversión garantizados vivieron su época de máximo esplendor durante los años 2010 y 2011, cuando llegaron a acumular más de 52.000 millones de euros repartidos entre dos millones de partícipes.

Por aquel entonces, las administraciones públicas necesitaban financiarse y para ello emitieron una enorme cantidad de deuda a unos tipos de interés entre el 3% y el 6%, dependiendo del plazo.

Esto propició que las gestoras diseñaran fondos capaces de alcanzar un determinado nivel de rentabilidad, asumiendo pocos riesgos. Pero ahora, cuatro años más tarde, las cosas han cambiado.

Actualmente más del 40% de los bonos soberanos en el mercado (renta fija), ofrece rendimientos por debajo del 0%. Ante este panorama, los fondos de inversión garantizados carecen de sentido.

De hecho, debido a la constante caída de los tipos de interés de renta fija, desde el año 2012, no han parado de producirse constantes salidas de dinero de estos fondos, derivándose hacia fondos de renta fija mixta.

Para todos aquellos que tengáis un fondo de inversión garantizado y aún no sepáis cómo funciona, os vamos a ofrecer algunas características que os ayuden a entender dónde está invertido vuestro dinero.

Qué son los Fondos de Inversión Garantizados.

Como os hemos explicado al principio de este post, se trata de fondos que garantizan todo o parte del capital invertido, además de una rentabilidad mínima prefijada.

Si llegado el momento de vencimiento de la garantía, el valor del fondo es inferior al que se indicó en la carta o claúsula de garantía, entra en juego una tercera entidad financiera que cubre dicha garantía.

La rentabilidad de los fondos de inversión garantizados, puede ir referida a la evolución de un índice (por ejemplo, el Ibex 35) o a un conjunto de éstos.

Los gestores aseguran una determinada rentabilidad siempre que los inversores mantengan sus participaciones sin vender durante un plazo determinado (entre 3 y 5 años).

Otras veces, los fondos de inversión garantizados indican que se garantiza un valor de las cantidades invertidas (en muchos casos suele ser el 90%), más otro porcentaje de revalorización media (por ejemplo, un 60%) del índice o índices al que van referidos.

Pero ojo, porque para que puedas beneficiarte de estas garantías, además de entrar en el fondo (suscripción) en un momento determinado- en el banco te indican cuándo empieza a comercializarse el fondo-, no podrás salir de él (reembolso), hasta que no haya transcurrido un período de tiempo (entre 3 y 5 años).

Tipos de Fondos de Inversión Garantizados.

Existen tres categorías:

1.- Fondos de Inversión Garantizados de rendimiento fijo. Existe la garantía de un tercero que asegura lo invertido más un rendimiento fijo.

2.- Fondos de Inversión Garantizados de rendimiento variable. También cuentan con la garantía de un tercero que asegura la recuperación de la inversión inicial más una cantidad vinculada a la evolución de instrumentos de renta variable (una acción, un índice de Bolsa, etc).

3.- Fondos de Inversión Garantizados de garantía parcial. Tienen un objetivo concreto de rentabilidad a vencimiento, ligado a la evolución de instrumentos de renta variable u otro activo, para el que también existe garantía de un tercero, y que asegura la recuperación de un porcentaje inferior al 100% de la inversión inicial.

Características de los Fondos de Inversión Garantizados.

  • Si no quieres pagar comisión por entrar en el fondo, debes hacer la suscripción durante el período de comercialización del mismo.
  • Para que la garantía sea válida, deberás esperar a vencimiento del fondo. Sólo entonces te devolverán lo estipulado en el contrato.
  • En caso de que necesites dinero antes del vencimiento, deberás salir del fondo al precio que en ese momento tengan sus participaciones en el mercado, que puede ser superior o inferior al que pagaste cuando entraste. Además, te cobrarán comisión de reembolso (salida), por lo que muy probablemente, saldrás perdiendo.
  • Existen fondos garantizados con «ventanas de liquidez«. Son fechas predeterminadas en el contrato, en las que podrás salir del fondo sin pagar comisión de reembolso. Prestad atención porque hay unos plazos en los que debes preavisar de tu salida. Si no los respetas, acabarás pagando comisión.
  • Si decides salir del fondo en alguna de las «ventanas de liquidez«, debes tener en cuenta que lo harás al valor liquidativo que tenga el fondo en ese momento y que además perderás la garantía de rentabilidad.
  • Algunos fondos de este tipo, ofrecen unos «pagos periódicos«. Te ingresan un dinero trimestral o semestralmente. Lo hacen mediante reembolsos por los que deberéis tributar.

Opciones a vencimiento de la garantía.

1.- Que la gestora ofrezca una nueva garantía. Aquí podéis optar por:

  • Continuar en el fondo con las nuevas condiciones.
  • Reembolsar tu inversión sin comisión de reembolso (salida).
  • Sólo para personas físicas, solicitar el traspaso a otro fondo, también sin comisión de reembolso.

2.- Que la gestora no ofrezca una nueva garantía, y el fondo deje de ser «garantizado«. En este caso, podréis solicitar el reembolso (venta) de todas vuestras participaciones sin comisión de reembolso (sin coste). Es el «derecho de separación gratuito«.

Resumiendo, si alguno de vosotros tiene dinero en un Fondo de Inversión Garantizado que esté a punto de vencer, mucho cuidado con las opciones de reinversión que os ofrezca vuestro banco.

Muy probablemente, os deriven hacia otro tipo de fondos de inversión según vuestro perfil de riesgo.

No obstante, desde www.garciaslopezasesores.es, os recomendamos que acudáis a un profesional independiente que os pueda ayudar a tomar una buena decisión. Recordad que es vuestro dinero el que está en juego.

Volveremos la semana que viene. Hasta entonces, por favor, sed felices.

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Objetivos financieros 2016

2016-01-04, Marian López


Este nuevo año podemos alcanzar nuestros objetivos financieros: analizar propósitos, ahorrar, realizar un presupuesto o invertir nos ayudaran a lograrlo.

Ha pasado un año más, y como cada principio de año, hacemos una lista de propósitos a cumplir. Siempre suelen repetirse los mismos: dejar de fumar, hacer más deporte, retomar los estudios, etc.

Entre esos propósitos también se encuentra el ahorro. ¿Quién no se plantea empezar el año haciendo una buena planificación financiera?. Así evitaríamos agobios económicos de última hora.

Pero, desgraciadamente los propósitos no siempre son fáciles de cumplir y menos aún con un carácter como el de los españoles. Dejarlo todo para el final es la máxima más común entre nosotros (aunque nos pese reconocerlo). Y es que somos un país donde la improvisación gana por goleada.

En este post, os daremos algunos consejos que os facilitarán alcanzar vuestros objetivos financieros para este recién estrenado año. ¡Tenemos aún doce meses por delante para conseguirlo!.

Estos son nuestros consejos:

1.- Mejorar nuestra educación financiera.

Una educación financiera básica, es la clave que nos ayudará a tomar decisiones adecuadas. Necesitaríamos aprender conceptos básicos como qué es el tipo de interés, la inflación, en qué consiste diversificar, qué perfil de riesgo tenemos o qué comisiones pagamos y por qué.

Son cuestiones muy básicas que pueden ayudarnos a ahorrar y rentabilizar nuestros ahorros.

2.- Hacer un presupuesto y planificar los gastos.

Es algo sencillo pero que muy poca gente hace. Basta que calcules cuáles serán tus ingresos (sueldo, si percibes rentas por algún alquiler, etc), qué vas a gastar (si tienes algún préstamo, cuotas de recibos domésticos, gastos escolares, gimnasio, seguros) y cuándo vas a tener que hacer efectivos esos pagos (a principios de mes, anualmente).

Si haces una correcta planificación de tus ingresos y gastos, evitarás entrar en deudas.

3.- Contribuye a tu ahorro para el retiro.

Otro de tus objetivos financieros prioritarios, debe ser el ahorro para tu jubilación. Nuestra población envejece y el presupuesto de las arcas públicas destinado a las pensiones va disminuyendo.

Ese es un problema al que podemos dar solución cada uno de nosotros a nivel particular. Es muy importante planificar correctamente nuestra jubilación si queremos mantener un nivel de vida medianamente «decente«.

Cuanto antes empecemos a ahorrar a través de cualquiera de los instrumentos disponibles para ello (planes de pensiones, planes de ahorro, PIAS, fondos, etc), más dinero podremos acumular.

Siempre hay que tener en cuenta cuál es nuestro perfil de inversión antes de tomar una decisión. Para ello, podéis contar con la ayuda de un experto en finanzas que os oriente.

Es importante que os lo toméis como una rutina: el dinero destinado a la jubilación, debe deducirse de vuestro presupuesto ya a principios de mes, como otro gasto más.

4.- Revisa los gastos pequeños.

Mucho ojo a esos pequeños gastos de nuestro «día a día«, que a final de mes pueden sumar una buena cantidad de dinero. No nos damos cuenta pero el café o el desayuno a media mañana, el periódico, el tabaco (para los fumadores), son gastos que a simple vista parecen insignificantes pero que no lo son tanto. Intenta reducirlos en la medida de lo posible.

5.- Poner nuestro dinero a trabajar.

Otro consejo para conseguir alcanzar nuestros objetivos financieros de cara al nuevo año, es el de hacer trabajar a nuestro dinero.

Pese a que actualmente ha regresado la fiebre de las cuentas remuneradas (pagan algo de interés por el dinero que tengas en cuenta), hay que prestar atención a los condicionantes de las mismas, entre otras la vinculación que te exigen y además no remuneran todo el saldo.

Por lo general, el dinero que tenemos en cuenta corriente o no produce o si lo hace, es muy poco el interés que te ofrecen. Una opción es invertir (siempre es aconsejable acudir a un experto antes).

Existen muchas opciones de inversión para rentabilizar tu dinero y que se adaptan al nivel de riesgo que estés dispuesto a asumir de cara a obtener dicha rentabilidad.

6.- Analiza tu perfil de riesgo.

Ya hemos hecho mención a ello. De la mano de un asesor financiero, puedes averiguar cuál es tu perfil de riesgo para ver si tu cartera se adapta a lo que quieres conseguir y qué riesgo estás dispuesto a asumir.

7.- Maneja las deudas de manera responsable.

Una deuda mal gestionada puede suponer nuestra ruina. Si realmente necesitas dinero para afrontar un proyecto y no dispones de liquidez suficiente, la única vía es recurrir al crédito.

Hay que ser muy prudentes a la hora de afrontar nuestras deudas. La constancia en el pago de la misma es fundamental. A la hora de elaborar tu presupuesto, ya debes descontar esos gastos y procurar liquidar la deuda puntualmente.

Por supuesto, hay que evitar a toda costa liquidar deudas a base de seguir pidiendo préstamos. Así lo único que conseguirás en endeudarte aún más. No solicites más préstamos hasta que no hayas liquidado el primero.

Mucho cuidado también con las tarjetas de crédito. Una tarjeta de crédito descontrolada se convertirá en tu peor pesadilla.

8.- Guarda y revisa tus facturas.

Controlar los gastos de tu casa así como comprobar las facturas, puede ayudarte a detectar errores o incluso negociar condiciones con las empresas suministradoras de servicios. Actualmente existe mucha competencia y ante cualquier oferta, es bueno comparar con lo que tienes.

9.- Revisa tus contratos financieros.

Últimamente se han producido algunos cambios en productos financieros. Basta recordar el ejemplo del fin de las cláusulas suelo en las hipotecas.

Por ello, es recomendable que en cuanto seáis conocedores de alguna noticia que os pueda afectar en este sentido, reviséis vuestros contratos. Quizás ahora sea un buen momento para tratar de renegociar con vuestro banco (o al menos, intentarlo).

10.- Pon un seguro en tu vida.

Es algo en lo que muchos de nosotros no pensamos hasta que nos pasa algo. Nadie está a salvo de imprevistos y si los tienes cubiertos, en el momento en que te ocurran, lo agradecerás.

Estos son nuestros diez consejos para lograr alcanzar tus objetivos financieros en 2016. Esperamos que os sirvan de ayuda. Ya sabéis que ante cualquier duda, podéis contactar con nosotros a través de nuestra página web www.garciaslopezasesores.es.

Que los Reyes Magos sean generosos con todos vosotros. La semana que viene volveremos con nuevos contenidos. Hasta entonces, sed felices.

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Comisiones cajeros

2015-12-28, Marian López


Los bancos tienen hasta el 1 de enero de 2016 para adaptarse a la nueva norma que regula las comisiones. Así queda el nuevo mapa de comisiones en cajeros.

En plena vorágine consumista, los usuarios de cajeros se exponen a pagar un plus por sacar dinero de un banco diferente al suyo. Estas nuevas comisiones, han empezado a aplicarse ya por algunas entidades que han decidido adelantar su puesta en marcha aprovechando estas fiestas.

Antes de entrar a analizar cómo será el nuevo mapa de comisiones en cajeros, debemos tener en cuenta una serie de puntos:

En primer lugar, debéis saber que es vuestro banco el que decide. Cuando saquéis dinero en un banco diferente al habitual ocurrirá la siguiente:

  1. El banco del que saquéis dinero le cobrará una comisión a vuestro banco.
  2. Vuestro banco asumirá el coste de esa comisión o bien os la hará pagar a vosotros (entera o parte).
  3. Vuestro banco no os podrá cargar una comisión más alta de la que a ellos les ha cobrado el otro banco.

En segundo lugar, vuestro contrato cambiará. En el contrato que firmáis al recibir una tarjeta, figuran las comisiones por sacar dinero en los cajeros. En caso de que esa comisión cambiase, el banco está obligado a informaros como mínimo, con dos meses de antelación.

No podrán subiros las comisiones hasta que no os informen sobre ello y pasen como mínimo dos meses desde el aviso.

Si vuestro banco no os avisase y empezara a cobraros una comisión superior a la que pagabais hasta ahora, debéis reclamar para que os devuelvan el importe.

¿Cómo podéis hacer dicha reclamación?. Para reclamar que os devuelvan el importe cobrado de más, podéis hacerlo por escrito ante el Defensor del Cliente del propio banco.

Si pasan dos meses y no os contestan o no estáis de acuerdo con la contestación recibida, podéis reclamar ante el Banco de España.

Sin embargo, sí podrán bajaros las comisiones de manera inmediata en caso de que os estén cobrando más de lo que vuestro banco paga al dueño del cajero.

Una vez aclarados estos puntos, podemos entrar de lleno a ver cómo quedará el nuevo mapa de comisiones en cajeros.

El pasado 2 de octubre se aprobó un Real Decreto Ley por el que se impide el cobro de un doble recargo por sacar dinero en efectivo de un cajero.

Antes de la entrada en vigor de dicho decreto ley, nos encontrábamos con que a veces teníamos que pagar dos comisiones: una por usar el cajero y otra llamada tasa de intercambio, que es la que se cobran los bancos entre sí.

A partir de ahora, será el propietario del cajero el que podrá cobrar al emisor de la tarjeta, quien decidirá si repercute esa comisión. Es decir, al propietario de la tarjeta no le repercute directamente el cobro de la comisión, sino que ésta repercute sobre la entidad que decidirá lo que hacer.

El nuevo mapa de comisiones en cajeros, se estructura en base a tres grandes acuerdos entre las distintas entidades.

Primer grupo: Banco Popular, Bankinter, Cajamar, Laboral Kutxa, Caja Rural y Deutsche Bank.

No han hecho pública aún la cifra exacta que cobrarán, pero podría estar en torno a los 0,65 euros en lo que califican como «condiciones ventajosas» para sus clientes a la hora de sacar dinero en el conjunto de sus cajeros.

Por su parte, Bankinter ha suscrito acuerdos bilaterales con el resto de entidades que componen este primer grupo, para no cobrarle nada a sus clientes por sacar dinero siempre que lo hagan en cualquiera de los cajeros de dichas entidades.

Segundo grupo: Banco Sabadell, Bankia y Red Euro 6000.

Estas entidades han llegado a un acuerdo por el que aplicarán una comisión de 0,65 euros. Los clientes de estos bancos y de la Red Euro 6000 podrán sacar dinero en efectivo en cualquiera de sus cajeros con esa comisión máxima de 0,65 euros.

Entre los tres, suponen un 37% del total de cajeros en nuestro país.

Banco Sabadell ha indicado que asumirá la comisión a sus clientes. Por tanto, si eres cliente del Banco Sabadell y utilizas cualquiera de los cajeros integrados en este grupo, no pagarás ninguna comisión.

En la Red Euro 6000 están integradas: Kutxabank, Ibercaja, Grupo Liberbank, BMN, Abanca, Unicaja, Caja España-Duero, Caja Sur, Caixa Ontinyent, Colonya Caixa Pollença y CecaBank. Los clientes que utilicen cualquiera de sus cajeros para sacar dinero, pagarán una comisión de 0,45 euros.

Aún está por decidir qué comisión cobrarán a los usuarios ajenos a estas entidades que utilicen sus cajeros.

Tercer grupo: Banco Santander, BBVA y CaixaBank.

 Los tres grandes bancos son los que más cajeros tienen. Han decidido no agruparse y comunicar por separado que cobrarán entre 1,5 y 2 euros a los no clientes. Sus comisiones a no clientes son las más elevadas.

¿Cuál es nuestra recomendación?.

Desde www.garciaslopezasesores.es, recomendamos que cuando vayáis a sacar dinero a un cajero, lo hagáis desde el cajero de vuestro banco. Así os evitaréis pagar comisión alguna.

Si no tenéis más remedio que utilizar un cajero ajeno, con este mapa os podéis hacer una idea de lo que os cobrarán.

Recordad que la nueva normativa se aprobó exclusivamente para evitar la doble comisión en la retirada de efectivo en cajeros automáticos. Por tanto, a partir de ahora sólo os pueden cobrar una única comisión por sacar dinero en efectivo en cajeros ajenos a los de vuestro banco habitual.

Ante cualquier duda, ya sabéis que podéis consultar nuestra página web www.garciaslopezasesores.es, estaremos encantados de atenderos.

Como siempre, la semana que viene volveremos con nuevos contenidos. Os deseamos un Feliz Año Nuevo. Ojalá vuestros deseos puedan verse cumplidos.

 

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Financiar gastos Navidad

2015-12-21, Marian López


Dos de cada tres españoles comprarán la mayoría de regalos de navidad entre el 1 y el 24 de diciembre. Es el momento de conocer las opciones que tenemos para financiar nuestras compras navideñas.

Con este post, cerramos nuestra trilogía dedicada a la Navidad. Es precisamente en estas fechas, cuando se produce el mayor desembolso de dinero del año. Nos lanzamos al frenesí consumista sin pensar en las posteriores consecuencias que puede dejarnos en nuestros bolsillos.

Por eso, desde www.garciaslopezasesores.es, creemos que es necesario que conozcas las opciones disponibles para financiar tus compras navideñas.

Las entidades bancarias ponen a disposición de sus clientes productos para financiar esas compras. Desde tarjetas de crédito o préstamos personales, hasta adelantos de nómina. Conozcamos a fondo cada una de estas propuestas:

Tarjetas de crédito.

Sin duda se convierten en el «producto estrella» de los bancos para financiar nuestras compras navideñas. Las tarjetas de crédito resultan «cómodas» ya que puedes aplazar los pagos y además, son muchas las superficies comerciales que ofrecen descuentos a quienes las utilicen como medio de pago.

A diferencia de las tarjetas de débito en las que las compras se cargan automáticamente en nuestra cuenta descontándose de nuestro saldo, en las tarjetas de crédito puedes aplazar el pago de esa compra y fraccionarlo.

El coste de la financiación con tarjetas de crédito suele ser fijo pero ojo porque en muchas ocasiones se refleja en términos mensuales, no anuales como sucede en los préstamos. Por ejemplo, si te cobran un tipo de interés del 2% nominal anual, en realidad te están cobrando una TAE (Tasa Anual Equivalente) del 26,82%. Leeros bien el contrato, porque esta TAE viene recogida en él.

Existen tres opciones de financiación con tarjeta de crédito:

1.- Fraccionar la operación a través de una cuota fija al mes durante un período de tiempo. En esta cuota se incluirá la parte del coste del producto que pagamos más la parte de interés correspondiente, lo que nos permite controlar mejor dicho coste.

2.-Pagar una cantidad fija al mes. Con esta opción controlamos la cantidad, pero no cuándo finalizaremos la operación, ya que de ello depende el que vayamos añadiendo nuevas compras a nuestra tarjeta. Peligro: si la cantidad que pagamos es muy pequeña, la mayoría de la cuota irá destinada a amortizar principalmente intereses.

3.-Pagar un porcentaje sobre la deuda al mes. Es la opción menos recomendable. Por un lado, desconocemos lo que pagaremos cada mes, ya que dependerá del total de la deuda pendiente, y aunque no se sumen nuevas compras, siempre quedará un importe pendiente que generará intereses.

Algunos ejemplos de tarjetas de crédito en el mercado:

  • Visa Barclaycard (elegida compra maestra por la Organización de Consumidores y Usuarios- OCU). Línea de crédito de hasta 5.000 euros, devuelve el 1% de las compras en cualquier establecimiento, sin cuota anual de mantenimiento, con un 50% de descuento en restaurantes, supermercados o viajes, sin cambiar de banco y con seguro incluido.
  • Tarjeta Visa Oro de Bankinter. Cuenta con dos modalidades de pago: pago a fin de mes y pago aplazado, con un crédito mensual de hasta 6.000 euros. Devuelve el 5% de las compras en cualquier tienda y en las compras aplazadas. Se puede asociar a cualquier cuenta que tenga el cliente sin necesidad de cambiar de banco.

Préstamos personales.

Es otra de las opciones para financiar tus compras navideñas. Sin duda es mucho más recomendable acudir a tu banco habitual, que solicitar un micropréstamo a través de cualquiera de las empresas que tanto se anuncian en televisión y cuyos intereses rozan la usura.

Los mismos bancos a veces, hacen ofertas a sus clientes ofreciéndoles préstamos preconcedidos cuyo importe no suele superar los 3.000 euros.

De todas maneras, antes de nada, debéis analizar la capacidad que tenéis para devolver el préstamo y optar siempre que sea posible, por cantidades pequeñas: lo justo para comprar ese electrodoméstico o «capricho» informático.

Si ya estáis decididos, resulta primordial conocer el tipo de interés que aplicarán a vuestro préstamo y las comisiones que os cobrarán. Casi todas las entidades cuentan con simuladores de préstamos, con los que os resultará fácil calcular la cuota que pagaréis al mes.

Hay bancos que han lanzado préstamos especiales para estas fechas navideñas.

  • BMN y su Préstamo Navidad. Se puede contratar hasta el 8 de enero de 2016. Financia entre 600 y 3.000 euros a devolver como máximo a 10 meses. TAE desde el 7,85% hasta el 8,47% y comisión de apertura del 2% al 3% (según plazo).

Anticipo de nómina.

Es la tercera opción que ofrecemos para que financies tus compras navideñas. Un anticipo de nómina es una especie de préstamo que va vinculado a la nómina que tengas domiciliada en tu banco. Mucho cuidado con la «letra pequeña«. Prestad especial atención a los tipos de interés que se os aplicarán.

Algunas ofertas actualmente disponibles son:

  • Anticipo nómina de Catalunya Caixa. Financia un máximo de 5.000 euros con un Tipo de Interés Nominal (TIN) del 0% y una comisión de apertura de 50 euros, a amortizar como máximo en 6 meses.
  • Cuenta Nómina de Bankinter. Financia un máximo de 6.000 euros a un 5% TAE el primer año que se reduce al 2% el segundo. Para nóminas superiores a 1.000 euros.

Como podéis comprobar, si no os queda otro remedio, existen diferentes opciones para financiar tus compras navideñas. Podéis optar por cualquiera de ellas, pero recordad estos consejos:

  • Antes de solicitar cualquier tipo de préstamo, calculad bien el dinero que vais a necesitar para pedir el importe más ajustado posible.
  • Analizar vuestra capacidad de devolución del préstamo.
  • Es preferible liquidar el préstamo cuanto antes. Mejor cuotas algo más elevadas pero plazos más cortos.
  • Fijaros en el tipo de interés anual (TAE) y las comisiones o gastos de los préstamos.
  • Leed con detenimiento los contratos. A veces la «letra pequeña» puede depararnos sorpresas desagradables.
  • En caso de ser necesario, contad con el asesoramiento de algún experto a ser posible independiente. Él conocerá las ofertas del mercado y os asesorará velando siempre por vuestro interés.

En www.garciaslopezasesores.es, somos expertos en asesoramiento financiero a particulares. Podéis contactar con nosotros a través de nuestra página web. Estaremos encantados de poder ayudarte.

La semana que viene volveremos con nuevos temas. Hasta entonces, os deseamos una Feliz Navidad.

 

 

 

 

 

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Lotería Navidad

2015-12-14, Marian López


Un año más vuelve la ilusión, pero no debemos olvidar que la Lotería de Navidad también tributa. Los números premiados con más de 2.500 euros, deben pagar impuestos.

Como cada año, el anuncio de la Lotería de Navidad «se cuela» en nuestros hogares. Esta vez el turno es para Justino, un humilde trabajador en una fábrica de maniquíes que, cansado de la rutina de su trabajo, decide sorprender a sus compañeros haciéndoles la jornada más llevadera.

El premio para Justino no es otro que un décimo de Lotería de Navidad que además resulta premiado con el Gordo. Lo que Justino quizás desconozca es que Hacienda le va a dar un buen «bocado» a su fortuna.

El próximo martes 22 de diciembre muchos de nosotros estaremos pendientes de que los famosos niños de San Ildefonso, canten el número premiado. Aunque intentemos disimularlo, siempre mantenemos la esperanza de que nos toque aunque sea un «pellizquito«.

Pero todo tiene su lado menos bueno y la lotería no iba a ser menos. Resulta que cuando nos toca un premio de este tipo, tenemos que pensar en lo que se llevará Hacienda para no montarnos «el cuento de la lechera» antes de tiempo.

En este post veremos qué impuestos debemos pagar si nos toca el Gordo de Navidad.

Si la suerte te sonríe y el 22 de diciembre te toca el Gordo, debes saber que de los 400.000 euros del primer premio, 79.500 euros se los llevará Hacienda.

Hasta el 31 de diciembre de 2012, cuando a alguien le tocaba un premio en un juego de Loterías y Apuestas del Estado, no tributaba por el importe ganado como premio, sino que sólo debía «pasar por caja» y pagar impuestos por los beneficios que ese dinero le reportaba a largo plazo.

Es decir, si invertías tu dinero en algún producto que te reportara unos intereses, debías pagar a Hacienda por esos beneficios obtenidos con la inversión.

A partir del 1 de enero de 2013, la cosa cambió. Esta es la fecha en la que entró en vigor el nuevo impuesto sobre premios de lotería. Ahora, a cualquiera que gane un premio superior a 2.500 euros, se le aplicará una retención del 20%.

Así pues, el que gane un premio cuyo importe supere esos 2.500 euros, recibirá sólo una parte de dicho premio, ya que el resto irá a parar al bolsillo del estado en concepto de pago de impuesto.

Qué impuestos debo pagar si me toca el Gordo.

Como ya hemos indicado, Hacienda grava los premios superiores a 2.500 euros. Lo veremos claro con un ejemplo:

Supongamos que nos tocan los 400.000 euros del gordo. Los primeros 2.500 euros están exentos de tributar. Por tanto los descontamos al importe inicial.

400.000 euros – 2.500= 397.500 euros

Hacienda nos aplicará una retención fiscal del 20% sobre el resto (397.500 euros). Con lo que,

397.500 euros x 20%= 79.500 euros.

Esos 79.500 euros serán los que se lleve Hacienda.

Dichos impuestos se retienen directamente en el momento del cobro del décimo premiado. Cuando hagáis la declaración de IRPF, si ya os han retenido el 20% o no os han practicado retención por ser el premio inferior a 2.500 euros, no tenéis que presentar ninguna otra autoliquidación.

Por otra parte, los que paguéis Impuesto sobre Sociedades, si habéis recibido un premio sujeto al nuevo gravamen especial, deberéis incluir- exactamente igual que antes del 1 de enero de 2013- el importe del premio entre las rentas del período sujetas al impuesto y la retención/ingreso a cuenta soportado como un pago a cuenta más.

Con la nueva norma, la única diferencia es que los premios pasan a estar sometidos a retención o ingreso a cuenta del 20%.

¿Qué ocurre si sólo tenemos una participación?.

En nuestro país existe la tradición, muy extendida por cierto, de compartir los décimos con los amigos o la familia. Incluso hay quien compra directamente participaciones.

Debéis saber que a efectos fiscales, no existen las participaciones. Lo que tributa es el décimo. Si tenéis una participación de un décimo que resulte premiado con más de 2.500 euros, Hacienda os aplicaría la retención correspondiente (20%) y cobraríais lo que os correspondiese proporcionalmente una vez descontados los impuestos.

La retención se aplicará a aquel que sea depositario del décimo o gestor del cobro. Este último deberá repartir el premio neto (una vez descontados los impuestos), entre los participantes.

Es recomendable identificar a los participantes del décimo.

Quien gestione el décimo de Lotería, deberá acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido entre los titulares de participaciones para que cuando dicho premio se divida, no se considere como donación. De ser así, se gravaría con el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Aconsejamos que los décimos premiados se cobren a través del banco y que en el propio banco se identifique con DNI, nombre y apellidos a cada una de las personas con las que se ha compartido el décimo agraciado.

El peligro de no proporcionar los datos identificativos de la lista de premiados en el banco es que no lleguen adecuadamente a la Agencia Tributaria. En caso de que se diese esta circunstancia, el comprador del décimo lo cobrará en el banco sin problema (una vez aplicada la retención del 20%).

El problema viene a la hora de que el comprador del décimo, lo reparta entre las personas con las que lo compartía, ya que la entrega se podría considerar como donación y gravarse por tanto, con el Impuesto de Donaciones.

¿Y si te ha tocado la lotería pero tributas en otro país?.

Los contribuyentes no residentes sin establecimiento permanente que ganen un premio de lotería y ya se les haya aplicado la retención en el momento del abono del mismo, podrán solicitar la devolución que les correspondiese por aplicación de convenio que evite la doble imposición internacional.

Si sois de los afortunados a los que les toque la lotería, ahora ya sabéis los impuestos que debéis pagar. No obstante, si tenéis alguna duda, desde www.garciaslopezasesores.es, estamos a vuestra disposición para ayudaros con este tema.

La semana que viene, volveremos con nuevo post. Hasta entonces, por favor, sed felices.

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ahorro-navidad

2015-12-07, Marian López


Ahorrar en Navidad es posible. Sólo necesitas seguir estos sencillos consejos para que la famosa «cuesta de enero» nos resulte más llevadera.

Diciembre es uno de los meses del año en el que gastamos más dinero. Papá Noel nos pisa los talones, las calles se llenan de luces que nos encandilan y la tele no para de bombardearnos con miles de anuncios… Sí, es el síntoma inequívoco de que llega la Navidad.

Todo está pensado para que saquemos a pasear el consumismo voraz que llevamos en nuestro interior. A veces se muestra aletargado, pero es en estas fechas cuando reluce en todo su esplendor.

Pero no nos volvamos locos. Si hacemos una correcta planificación, podremos disfrutar de las Fiestas sin quebraderos de cabeza. Pese a que hagamos algún que otro gasto «extraordinario«, se puede y se debe ahorrar en Navidad.

La clave está en la previsión. Con una adecuada planificación, todo nos resultará mucho más sencillo. Si elaboramos ya nuestro plan, podemos evitar que nuestro bolsillo se resienta más de lo necesario.

Basta con que pensemos en todas esas personas que ni siquiera tendrán un techo o algo de alimento que llevarse a la boca, para que se nos quiten las ganas de despilfarrar.

La regla de oro sería: «ahorra con antelación«. Probablemente, estas Navidades ya te habrá «pillado el toro«. Pues bien, no permitas que te suceda lo mismo para las próximas.

Lo ideal sería que cada mes (hasta el año que viene), ahorrases una cantidad. Así te costaría mucho menos llegar a estas fechas con algo de dinero «extra».

Puedes abrir una cuenta remunerada- aparte de la tuya habitual-, destinada sólo a este ahorro. Con ello conseguirás no sólo tener ese dinero apartado del resto, sino que además, puedes obtener algo de rentabilidad que incremente ese ahorro.

Ya una vez entrados en materia, ahí van unos consejos que os ayudarán a ahorrar en Navidad:

1.- Conoce cuáles son tus posibilidades. Lo primero que debemos hacer es sentarnos y saber con qué dinero contamos para los gastos navideños. Es mejor «perder» diez minutos en reflexionar acerca de ello, que salir a gastar a lo loco y tener que reparar el daño después.

2.- Elabora un presupuesto. En base a ese dinero del que disponemos, deberíamos hacer un presupuesto en el que se incluya todo lo que pensamos que vamos a necesitar en esta Navidad: comida, regalos, loterías, ropa, fiestas, lotería, etc.

Estima cuánto dinero te vas a dejar en cada una de estas cosas y ponte un tope del que no puedes pasarte.

3.- Compra sólo aquello que necesites. Siempre insisto en lo mismo: a la hora de gastar, hazlo «con cabeza«. Y es que en Navidad parecemos poseídos por el espíritu de las compras compulsivas. Trata de evitarlo. No derroches y si realmente no necesitas algo, no lo compres.

4.- Haz una lista. Escribe una lista con las personas a quien quieras regalarle algo y destina una cosa a cada uno en base al nivel de compromiso que tengas. A veces las personas aprecian más algo sencillo que demuestre que te acuerdas de ellas.

5.- Compara precios. No compres en el primer sitio que veas. Es mejor hacer un recorrido por varias tiendas o incluso comprar on line. Existen diferencias notables de precios.

Por estas fechas, hay «promociones especiales» en algunas tiendas: no dudes en aprovecharlas para ahorrarte unos euros.

6.- No esperes a comprar en el último momento. Hace unos días, disfrutamos del «Black Friday«, un buen momento para anticipar algunas compras aprovechando descuentos que iban desde el 20% hasta el 50%.

Esperando al último momento sólo conseguirás pagar más caro por el mismo artículo. Por ejemplo, algunos productos alimenticios pueden llegar a duplicar su precio.

7.- Mantén un registro de tus compras. Ten claro lo que te has gastado, para quién y cuánto te ha costado.

Haz una especie de hoja de contabilidad doméstica que te permita ver claramente lo que te has gastado y el dinero que te queda para poder seguir gastando. De esta forma, te asegurarás mantenerte dentro de los límites que te has marcado.

8.- Ojo con las tarjetas de crédito. Son días de mucho gasto y si no hemos sido previsores, «tiraremos de tarjeta«. Por supuesto lo mejor es comprar en efectivo porque de esta manera controlas mucho más lo que vas gastando, ya que lo notas directamente en tu cartera.

La gran mayoría de nosotros recurrimos a las tarjetas porque son un medio de pago más cómodo. Es «preferible» que te roben una tarjeta a dinero.

Lo mejor es utilizar la tarjeta de débito, ya que el dinero te lo descuentan al momento y es más fácil controlar el gasto.

Pero si no te queda más remedio que utilizar la tarjeta de crédito, mi consejo es que le pongas un límite bajo que sepas que puedes afrontar al mes siguiente cuando te lo carguen en cuenta, y trates de no ampliarlo.

Debes aprender a ceñirte a un presupuesto, o de lo contrario enero puede convertirse  en una pesadilla.

9.- Si puedes, espera a las rebajas. Sobre todo cuando se trata de ropa o ese bolso caro que nunca llegas a comprarte. Utiliza el viejo truco de hacerle un vale en un papel bonito a tu pareja o familiar (o que te lo hagan a ti), y cuando empiecen las rebajas os vais juntos a comprar ese objeto que tanto deseáis con un buen descuento.

Siguiendo estos sencillos consejos, comprobaréis como ahorrar en Navidad es posible.

Las navidades son unas fechas para disfrutar en familia. Debería bastar con esas reuniones eternas en las que ves a familiares que no recuerdas haber visitado en los últimos dos años y con los que acabas cantando villancicos bajo la promesa de veros más a menudo.

Ese es el verdadero espíritu de la Navidad. Mucho más llevadero con una economía planificada, desde luego.

Ya sabéis que si necesitáis algún consejo para vuestras finanzas domésticas, desde www.garciaslopezasesores.es, os brindamos un asesoramiento de calidad ya que contamos con un equipo de profesionales dispuestos a ello.

Me despido una semana más con la mejor recomendación del mundo: sed felices.

Hasta la semana que viene.