El fin de las cláusulas suelo

El fin de las cláusulas suelo

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Fin de cláusulas suelo

2015-11-02, Marian López


Las cláusulas suelo vuelven a estar en boca de todos tras el dictamen de la Comisión Europea defendiendo la retroactividad en las acciones de nulidad de dichas cláusulas.

Hace un par de semanas, la Comisión Europea pidió al Tribunal de Justicia que se reconociera el derecho a indemnizaciones con carácter retroactivo a los consumidores afectados por las cláusulas suelo, contradiciendo al Tribunal Supremo español, que acordó devolver lo cobrado de más sólo desde mayo de 2013.

Esta situación que parece tan «enrevesada» puede afectarnos tanto a nosotros como a los bancos. Vamos a repasar algunos términos para entenderlo mejor.

¿Qué son las cláusulas suelo?.

Se trata una cláusula que aparece en el contrato hipotecario por la que el banco se protege de las bajadas de tipos de interés. En ellas se establece un interés mínimo (de ahí el nombre de «suelo«) que el cliente deberá pagar independientemente de cómo esté el Euribor (índice de referencia de la mayoría de hipotecas).

Pongamos un ejemplo:

Una hipoteca de la que faltan por pagar 150.000 euros y un plazo de 20 años. En su día se firmó por Euribor +1. En septiembre el euribor cerró a 0,154%.

Con una cláusula suelo del 3%, pagamos una cuota de 832 euros al mes. Sin la cláusula suelo, la cuota se reduciría a 700 euros. Por tanto si nos ceñimos al ejemplo, la hipoteca con cláusula suelo nos saldría 132 euros más cara al mes, lo que nos supondrían 1.584 euros más al año. No está nada mal, ¿verdad?.

¿Cuál es la postura de los tribunales españoles respecto a las cláusulas suelo?.

 El Tribunal Supremo, en su sentencia de 9 de mayo de 2013 declaraba nulas por abusivas las cláusulas suelo de BBVA, Abanca y Cajamar condenando a las entidades a eliminarlas y abstenerse de utilizarlas en sus próximos contratos de préstamo hipotecario.

Posteriormente, el 25 de marzo de 2015, el Tribunal Supremo emitió otra sentencia al respecto en la que se especifica textualmente que «procederá la restitución al prestatario-quién firmó la hipoteca-,de los intereses que hubiese pagado en aplicación de la cláusula suelo a partir de la fecha de publicación de la sentencia de 9 de mayo de 2013«.

Lo dicho anteriormente quiere decir que el Tribunal solicita a los bancos que le devuelvan a sus clientes los intereses cobrados de más por la aplicación de las cláusulas suelo, y lo hagan con efecto retroactivo desde mayo de 2013.

¿Qué ha dicho la Comisión Europea?. ¿Solicita la devolución de todo el dinero de las cláusulas suelo?.

Pues la respuesta es que no. La Comisión Europea en su dictamen dice que si un tribunal declara nula una cláusula suelo (por ser abusiva o poco clara), debería aplicarse la retroactividad de la misma desde la firma de la hipoteca.

Es decir, el banco debería devolver a sus clientes todo lo cobrado de más por cláusulas declaras nulas desde el principio y no sólo desde mayo de 2013, como dice el Tribunal Supremo español.

¿Se contradicen el Tribunal Supremo Español y la Comisión Europea?.

Efectivamente. Mientras la Comisión Europea aboga por la retroactividad de las cláusulas suelo declaradas nulas al momento de la firma del contrato (el banco tendría que devolver al cliente todo lo cobrado de más desde el principio), el Tribunal Supremo Español defiende también su efecto retroactivo, pero sólo desde que se dictó la sentencia del 9 de mayo de 2013.

Es decir, siguiendo al Alto Tribunal español, los bancos sólo tendrían que devolver a sus clientes lo cobrado de más por las cláusulas suelo desde mayo de 2013, lo cual no afecta a lo que se les haya cobrado de más con anterioridad a la fecha señalada.

¿Esto se aplicará a todas las cláusulas suelo?.

Pues no. Sólo se aplicará a aquellas que han sido declaradas nulas por sentencia firme, caso por caso. Existen bancos que mantienen sus cláusulas suelo por entender que son los suficientemente lícitas y «transparentes«. Es el caso de Banco Sabadell.

Ante esta situación, ¿cuál es la postura de los bancos?.

Está claro que los bancos defenderán sus propios intereses. Una retroactividad absoluta de las cláusulas suelo, pondría en aprietos a las entidades bancarias, ya que para ellas supondría un importante desembolso de dinero.

De aplicarse la retroactividad tal como propone la Comisión Europea (sin limitaciones), el sistema financiero español podría verse bastante afectado.

Los bancos están intentando llegar a un acuerdo con el Gobierno para eliminar voluntariamente las cláusulas suelo de ahora en adelante sin retroactividad. De hecho son las misma entidades quienes ofrecen a sus clientes quitarles dichas cláusulas.

¿Qué opciones tengo para negociar o reclamar mi cláusula suelo?.

1.- Negociación individual. Para evitar la vía judicial, los bancos están sentándose con sus clientes a negociar las cláusulas suelo de cada hipoteca.

Pero, ¡cuidado!. Ya os advierto que si tenéis una cláusula suelo y vuestro banco decide quitárosla, no será gratis. A cambio os exigirá probablemente una mayor vinculación, como contratar depósitos, seguros, planes de pensiones, etc.

El banco también os puede proponer modificar las condiciones de vuestra hipoteca por ejemplo, cambiando el tipo de interés de variable a fijo.

2.- Reclamaciones. Si el banco donde tenéis la hipoteca no quiere negociar por considerar que sus cláusulas suelo son totalmente transparentes a nivel informativo, podéis presentar una reclamación al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de la entidad mediante un escrito.

Vuestra queja deberá basarse en la falta de transparencia, si existe suelo pero no techo o si la diferencia entre ambos es muy grande. No olvidéis quedaros con una copia sellada por el banco de este escrito.

La respuesta suele tardar unos dos meses. En caso de no estar conforme, puedes elevar la queja ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Su resolución puede presionar al banco, pero en ningún caso es vinculante.

3.- Vía judicial. Si las opciones mencionadas no dan resultado, en última instancia se puede acudir a los tribunales. En los últimos años, un buen número de sentencias han obligado a los bancos a suprimir las cláusulas suelo.

¿Estaremos ante el fin de las cláusulas suelo?. Ya existen entidades que no las aplican en sus contratos pero, ¿qué ocurre con todos los clientes que tienen este tipo de cláusulas?.

Los clientes que tengan hipoteca con cláusulas suelo, pueden negociarla o reclamarla siguiendo las pautas que he indicado en líneas anteriores.

En todo caso, dudo que el Tribunal de la Unión Europea dicte alguna sentencia al respecto que satisfaga a ambas partes. Si finalmente se aplicase la retroactividad a la firma del contrato, la frase de «la banca siempre gana» perdería su sentido, ya que los bancos deberían desembolsar cantidades importantes de dinero.

Si necesitáis más información acerca de las cláusulas suelo, no dudéis en contactar con nosotros a través de nuestra página web www.garciaslopezasesores.es Estaremos encantados de poder ayudaros.

Os deseo una feliz semana.