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2015-09-07, Marian López


Ya hemos pasado  la primera semana de septiembre. Los bañadores y toallas de playa ceden su lugar a los trajes de chaqueta y los uniformes. Vuelta al trabajo, y para los que somos padres, vuelta al cole.

Todo ello implica restar a nuestros bolsillos una cantidad adicional a la que ya hemos gastado durante las vacaciones. A nuestra ya de por si, vapuleada economía doméstica, se añaden gastos de uniformes, zapatos, mochilas, material escolar, etc.

Existen varias opciones dirigidas a afrontar estos gastos «extra»:

1.- Anticipos de nómina. Algunos bancos pueden prestarnos con cierta rapidez y por adelantado el importe de una o varias nóminas (entre 1 y 5). A cambio el banco nos exigirá cierta antigüedad con la nómina domiciliada. Los plazos de devolución son también breves (de 6 meses a 2 años).

2.- Créditos preconcedidos. Las entidades suelen «premiar» la fidelidad de sus clientes solventes con este tipo de productos para que éstos puedan disponer del dinero que necesitan rápidamente.

3.- Tarjetas de crédito. Te permiten disponer de dinero al instante. Es una opción cómoda y cada vez más usada. Sin embargo, si tu tarjeta permite el pago aplazado, te cargarán unos intereses que pueden llegar hasta el 25% TAE. Su principal ventaja: la flexibilidad. Ya que puedes fraccionar o cancelar tu deuda sin coste adicional alguno.

Pero la opción a la que mucha gente recurre para enfrentarse a la «cuesta de septiembre» es la de los MINICRÉDITOS. Y aquí es donde nos vamos a detener para explicaros todo lo que necesitáis saber antes de decantaros por éstos.

¿Qué es exactamente un minicrédito?.

Los minicréditos son un servicio prestado por empresas de crédito (prestamistas privados) a través del cual una persona puede pedir prestada una cantidad de dinero (hasta 600 euros o más en algunos casos) a cambio de devolverla en un plazo máximo de 30 días pagando unos intereses u honorarios.

La mayoría de estas empresas operan on line, vía telefónica e incluso a través de SMS.

Estas empresas prestamistas deben estar inscritas en el Registro Mercantil y están obligadas a informar claramente de las condiciones de contratación.

Actualmente las citadas empresas de crédito no están reguladas ni por el Banco de España ni por la CNMV, pero sí por la Ley 22/2007 del 11 de julio sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.

Los minicréditos van dirigidos a aquellas personas (mayores de edad) con necesidad urgente de capital, pese a que éstas ya tengan otro crédito, estén en el paro o en listas de morosos como RAI o ASNEF.

¿Qué ventajas ofrecen?.

  • Se pueden solicitar a través de internet.
  • Conseguiremos importes de dinero de manera rápida («hasta 800 euros en 24 horas»).
  • Los requisitos para acceder a estos créditos suelen ser muy bajos.
  • No se exigen nóminas ni avales.
  • Algunas empresas permiten que solicitemos dinero aunque estemos en listas de morosos.

Hasta aquí hemos visto en qué consisten los minicréditos y cuáles son sus ventajas. Pero ¡atención!, no debemos dejarnos deslumbrar por estas «facilidades» a la hora de solicitar dinero. Como todo, los minicréditos tienen su lado oscuro.

Disponer de dinero de manera rápida, fácil y sin apenas requisitos nos puede salir muy caro. A cambio de las ventajas enumeradas, nos vemos obligados a pagar unos intereses desorbitados que suelen superar el 2.000% TAE (sí, habéis leído bien), muy por encima del tipo medio de los créditos bancarios que es del 7,8% (según el Banco de España).

¿Qué riesgos tienen los minicréditos para los consumidores?.

1.- Sobreendeudamiento. El perfil de demandante de este tipo de créditos, suele ser el de alguien que contrata un crédito tras otro para pagar el anterior, de manera que su deuda cada vez es mayor, así como el precio que paga por ella.

A lo largo de mi trayectoria profesional, he visto algún caso y os puedo asegurar que resulta complicado (aunque no imposible) salir de esa situación.

2.- El consumidor está desprotegido. Las empresas prestamistas no están reguladas por las mismas directrices que los bancos. La única ley que las regula- Ley 22/2007 sobre comercialización a distancia de servicios financieros- no contiene ninguna limitación específica al tipo de interés aplicado por estas empresas.

Algo que sí está regulado en otros países de la Unión Europea e incluso en algunos Estados de EEUU.

3.- Coste del servicio. Ya hemos mencionado que disponer de dinero rápido nos puede resultar tan caro como que paguemos un 2.000% TAE de intereses. Sin embargo, las entidades prestamistas no hablan de TAE sino de HONORARIOS.

Referirse a honorarios les permite no publicar la TAE sino simplemente la cantidad de euros que pagarás.

Por ejemplo, si pedimos 100 euros a devolver en 15 días, la empresa prestamista puede establecer que nos costará 20 euros. Al final pagaremos 120 euros: 100 correspondientes al préstamo y 20 euros de intereses.

Otro de los puntos que siempre me gusta remarcar es el de la publicidad.

Estas empresas utilizan frases del tipo «Consiga 800 euros en menos de 24 horas«. Luego te pasan en la pantalla a toda velocidad unas letras tamaño hormiga imposibles de leer donde se supone que vienen las condiciones del crédito. Pero a ti ya se te ha quedado grabado a fuego que en menos de un día puedes tener en tu bolsillo ese dinero que tanto necesitas.

Un ejemplo «gancho» es el de la empresa VIVUS. Id a su página web www.vivus.es y veréis en letras gigantes: «Pruébanos gratis. Primer préstamo sin intereses ni comisiones. Importe máximo 300 euros» 

Estas frases van acompañadas de una serie de asteriscos que significan algo así como: «leed más abajo que es donde está el meollo del tema».

Efectivamente, si leéis más abajo veréis que no os engañan: el primer préstamo es gratis (aunque especifican el coste de las penalizaciones por impago y mora), y a continuación viene el siguiente párrafo:

«La TAE para el primer préstamo es del 0%. Para los préstamos siguientes la TAE varía en función de importe y plazo y aparece indicada en los términos y condiciones de la solicitud. A modo de ejemplo, para un préstamo de 100 euros a 30 días, los intereses serían de 24 euros, lo que equivale a una TAE del 1.270%».

Un consejo: pese a que «la vuelta al cole» sea dura, estudiad muy bien todas las opciones de financiación antes de tomar una decisión. Como os digo siempre, si necesitáis orientación por parte de profesionales, podéis contar con nosotros (www.garciaslopezasesores.es).

Os deseo una feliz semana.

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2015-05-18, Marian López


El paro es uno de nuestros mayores azotes. Han sido muchos los trabajadores que se han visto en la calle en un gran número de casos, con una edad «complicada»: Se trata de todos aquellos ex trabajadores con edades comprendidas entre los cuarenta y los cincuenta y tantos años.

Personas con una dilatada experiencia a sus espaldas, que de la noche a la mañana, se ven «arrojados a la jaula de los leones».

No todos sirven para ello, pero algunos de estos ex empleados por cuenta ajena, han decidido tomar las riendas de su vida laboral y comenzar a trabajar por cuenta propia.

A algunos de nosotros, nos ha picado el gusanillo del «emprendimiento«, pero emprender no es un camino de rosas.

Para comenzar, puedo asegurar que «emprender tiene un precio«: no sólo a nivel laboral (si quieres que tu negocio prospere, tienes que dedicarle muchas horas) , sino también a nivel económico.

Un aspecto clave a la hora de emprender es el de la financiación. Para iniciar un proyecto, es necesario dinero.

Si bien es cierto que algunos negocios pueden comenzar su andadura con una inversión mínima, esta semana nos centraremos en aquellos emprendedores que quieren crear su propia empresa y necesitan mayor financiación.

Veremos diferentes opciones, así como en qué consiste cada una de ellas.

Actualmente, existen más vías para obtener financiación que hace algunos años. Esta es una ventaja. Se puede recurrir a la obtención de financiación por la vía tradicional (mediante préstamos o créditos solicitados al banco), o bien acudir a las consabidas 3F´s: Family, Friends and «Fools». Es decir: familia, amigos y «locos».

Antes de acudir a solicitar financiación hay que tener muy presente la viabilidad del proyecto. Como es lógico, nadie te prestará dinero ni invertirá en tu negocio si éste no es viable. Si no aporta garantías de éxito.

Y ¿qué se necesita para saber si nuestro proyecto es viable?. Pues nada más y nada menos que un buen plan de negocio. Ahora viene la siguiente pregunta: ¿qué es un plan de negocio?. Pues se trata de un documento que recoge el conjunto de objetivos de una idea o iniciativa empresarial. Reúne tanto información verbal como gráfica de lo que el negocio es o tendrá que ser.

Repasemos algunos puntos:

1.-¿ Cuánto dinero necesito para poner en marcha mi negocio?. Pues depende del tipo de negocio que quieras. Como ya he comentado al principio de este post, hay negocios que prácticamente no requieren inversión inicial, pero otros sí: a lo mejor tienes que contratar personal, comprar maquinaria o alquilar un local.

Debemos tener muy claro el dinero que necesitamos: sin pasarnos ni quedarnos cortos para evitar problemas posteriores. Por ejemplo, si nos quedamos cortos deberemos solicitar más financiación a posteriori y eso se puede complicar.

2.- Necesidades de financiación de mi negocio. Lo ideal sería que pudiéramos contar con recursos propios que aportar. En caso de que se solicite financiación a un banco estos recursos propios deberían representar entre un 20% y un 30% de la cantidad que se solicite (más o menos como cuando se pide un préstamo hipotecario).

Habría que poder hacer una estimación lo más precisa posible sobre el importe que necesitamos.

3.- ¿Qué opciones existen en el mercado para financiar mi negocio?. Hay que estudiar la vía de financiación que mejor se adapte a mi modelo de negocio. Son varias las opciones. Aquí contemplaremos unas cuantas:

3.1.- Financiación bancaria. Es la vía tradicional por excelencia. Se trata del préstamo que pueda concederte el banco.

3.2.- Financiación con recursos propios. Los recursos propios lo conforman el capital que está permanentemente invertido en la empresa.

3.3.- Financiación con recursos ajenos. En lugar de aportar todo el capital de nuestro bolsillo, el inversor realizará una pequeña aportación, financiando el resto de la operación con deuda.

3.4.- Financiación a través de «business angels«. ¿Qué es un business angel?. Pues se trata de un particular (puede ser una persona física o una sociedad) que puede aportar dinero, experiencia o contactos a emprendedores con iniciativas empresariales, cuyo objetivo es obtener una ganancia futura.

3.5.- «Crowdfunding». La traducción de esta palabra al español es la de micromecenazgo. Cooperación colectiva, o colaboración entre varias personas que realizan una red para conseguir dinero u otros recursos. La plataforma más empleada por el crowdfunding es internet.

3.6.- Financiación a través de préstamos participativos. Son préstamos que no necesitan aval, pero para conseguir financiación a través de esta vía, debes presentar un plan de negocio viable. El banco te va prestando el dinero conforme se va cumpliendo el plan de negocio (por ejemplo, que alcances un número determinado de clientes).

Es un préstamo a largo plazo cuyos intereses van ligados a los resultados que obtenga tu proyecto empresarial. Estos intereses son deducibles en el Impuesto de Sociedades.

3.7.- Financiación a través de créditos ICO. El préstamo ICO es un clásico de la financiación bancaria destinada a pequeñas empresas y emprendedores. El ICO (Instituto de Crédito Oficial), es un banco adscrito al Ministerio de Economía con autonomía propia. Sus deudas están garantizadas por el Estado.

Para conseguir un préstamo ICO, lo primero que debes saber es que no cuenta con oficinas para solicitar financiación. Esta solicitud debes hacerla a través de tu banco.

Éste (el banco) será quien autorice o no la operación. Ellos te dirán toda la documentación que debes aportar para solicitar un préstamo ICO. Y es que al ser el Banco quien asume el riesgo de impago por tu parte, pues miran las operaciones «con lupa».

4.- Otro de los puntos a revisar a la hora de solicitar financiación, es el grado de control que quiero tener sobre mi negocio. Dependiendo del tipo de financiación que escojas, tendrás un control mayor o menor sobre el negocio.

Si optas por la financiación bancaria, serás tú quien tenga el control de tu empresa. En cambio, si pides financiación a través de un inversor (que viene a ganar dinero, no lo olvidemos), pierdes parte del control de tu empresa.

La idea que os tiene que quedar clara con este post es que para pedir financiación, debes presentar un plan de negocio basado en un negocio viable, con números y cálculos reales.

Otra idea que debéis tener presente es que existen diferentes vías para obtener esa financiación. Aquí os he enumerado algunas, pero si queréis más información al respecto, no dudéis en contactar conmigo vía mail a la siguiente dirección: marian@garciaslopezasesores.es

Os dejo con una frase de Les Brown: «Acepta la responsabilidad de hacer de tus sueños una realidad».

Feliz semana.

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2015-05-11, Marian López


Esta semana leíamos en la prensa cómo el Banco de España, sigue alentando a las entidades para que continúen los cierres de oficinas bancarias.

Según este organismo, pese a que ya se han cerrado muchas sucursales, aún es necesario realizar más ajustes que nos acerquen al modelo de banca de nuestros vecinos europeos.

El sistema financiero español ocupa los últimos puestos con respecto al resto de Europa.

A pesar de que el proceso de reestructuración bancaria que se está llevando a cabo en nuestro país, está llegando a sus últimas etapas, según el Banco de España para ser eficientes hay que llevar a cabo nuevos recortes. Se estima que aún se podrían cerrar entre 1.000 y 3.000 oficinas.

Todo esto se traduce por un lado, en más paro para aquellos que no tengan cabida en la nueva organización de su empresa, y de otro lado, en incertidumbre para los clientes que se sienten desorientados.

Estos clientes, necesitan depositar toda su confianza en el banco con el que trabajan. Pero llegados a estas alturas, no somos pocos los que nos preguntamos… Mi banco «¿será de fiar?».

La mayoría de los asesores, no nos cansamos de aconsejar a nuestros clientes que diversifiquen. Es decir, que no concentren todo su dinero o sus préstamos en un mismo banco. Pese a ello, siempre tendremos un banco con el que trabajaremos más a gusto.

Es en ese momento, cuando te asaltan las dudas: ¿en qué me beneficia cambiarme de banco?, ¿qué factores debo tener en cuenta?, ¿cómo puedo cambiar de entidad?.

En este post intentaremos abordar esas cuestiones para tratar de facilitaros algunas respuestas.

¿Qué significa cambiar de banco?

Cambiar de banco es una práctica bastante extendida. Significa mover el dinero de un banco a otro.

Parece que en nuestro país se le está «perdiendo el miedo» a eso de irse del «banco de toda la vida». Muchos clientes no se limitan ni a un sólo banco, ni a tener sólo una cuenta abierta. Las causas de este cambio pueden deberse a una creciente competencia y al auge de la banca online.

¿Por qué cambiar?. ¿En qué me beneficia?.

  1. Nos permite aprovecharnos de ofertas que puedan tener otros bancos. Por ejemplo, cuentas remuneradas a mejor tipo, que te paguen un tanto por ciento por cambiar tu plan de pensiones, remuneración si traspasas tu fondos a otra entidad, etc.
  2. Menos comisiones. Otro de los motivos que nos conducen a cambiar de banco son las elevadas comisiones que nos pueden cobrar en la entidad donde depositamos nuestros ahorros. Antes de hacer el cambio habría que analizar cuánto nos cobra nuestro banco y en qué concepto (mantenimiento de cuenta, transferencias, tarjetas).
  3. Beneficios al domiciliar la nómina. Muchos bancos ofrecen ventajas a quienes domicilien su nómina en ellos. Además de la exención de comisiones, también existen ventajas a la hora de solicitar un préstamo (el tipo de interés que te aplican es menor con nómina y recibos domiciliados en el nuevo banco).
  4. Descuento en recibos domiciliados. Hay entidades como por ejemplo Banco Sabadell que te devuelve cada mes el 2% de los recibos que tengas domiciliados en sus oficinas.
  5. Dar el paso a la era digital. Ahora por internet es todo mucho más fácil. Para tu operativa diaria, todo son ventajas: sin apenas comisiones, sin ceñirse a horarios ni esperar largas colas. Puedes operar directamente desde el ordenador de tu casa.

Tipos de cambio de banco:

  1. Cambiar la nómina de banco. Consiste en domiciliar la nómina en otro banco bien para aprovecharnos de alguna promoción puntual, para dejar de pagar comisiones o para conseguir regalos.
  2. Cambiar los ahorros. Podemos tener la hipoteca en un banco y los ahorros en otro. Recordad lo que os he comentado al principio: hay que diversificar «por lo que pueda pasar». Además hoy en día, «ya no se lleva» estar «atado» al mismo banco toda nuestra vida.
  3. Cambiar nuestra pensión a otro banco. Si tenéis plan de pensiones, en cuanto empiece la campaña, veréis como muchas entidades os pagan una «bonificación» si decidís traspasar vuestro plan.
  4. Cambiar la hipoteca de banco. Es lo que se conoce como subrogación de hipoteca. Ojo porque aquí hay que tener en cuenta que si nos subrogamos, los gastos de notario, y de los nuevos seguros asociados al préstamo (vida y hogar), tendríamos que asumirlos nosotros. Aún así, si nuestra hipoteca tiene ya algunos años, ahora que los tipos de interés están tan bajos, veremos que  hay ofertas suculentas en el mercado.

¿En qué debemos fijarnos?

    • Cláusula de permanencia. Hay que revisar todos los productos que tenemos contratados antes de dar el paso, ya que algunos de ellos pueden contener una cláusula de permanencia que te «obligue» a seguir vinculado con tu banco. Si decides irte, probablemente tengas que pagar una penalización.
    • Cambiar las domiciliaciones bancarias. De esto se suele encargar nuestro nuevo banco. Basta que le pases una relación de lo que tienes domiciliado. Aún así, «no está de más» que lo supervises por si acaso.
    • Cancelar las tarjetas. Asegurarse de que estén todas dadas de baja.
    • Dejar la cuenta o cuentas a cero y cancelarlas. Es recomendable solicitar un justificante al banco de dicha cancelación para evitar problemas.

¿Por qué no cambiar de banco?

Hay clientes que se sienten satisfechos con el trato que les da su banco, y no están dispuestos a cambiar. Y es que cuando algo va bien  ¿por qué cambiarlo?.

Sin embargo, siempre es bueno estar informado sobre las ventajas que ofrecen los demás bancos y valorar nuestra satisfacción real analizando lo que hacen las otras entidades.

Nuestro perfil como cliente, y nuestras necesidades pueden irse modificando a lo largo de los años. Estas circunstancias serán las que determinen si permanecemos en nuestro banco «de siempre» o buscamos otras opciones.

Cambiar de entidad es una decisión muy importante en la que debemos tener en cuenta todos los factores enumerados en este post. Además, no todos los bancos son igual de solventes, y ese es otro factor en el que fijarse.

No es necesario «cambiar por cambiar». Hay que fijarse en si realmente dicho cambio nos aporta más ventajas que desventajas. Y es que a veces «Más vale malo conocido que bueno por conocer»

Como siempre, ya sabéis que si queréis hacerme alguna consulta, podéis hacerlo a través de marian@garciaslopezasesores.es