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2017-01-03, Marian López


El pasado mes de diciembre, el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJUE), dictó una sentencia por la que reconocía la retroactividad total de aquellas cláusulas suelo que resulten opacas.

Esta sentencia ha revolucionado a los consumidores, ya que va más allá de lo establecido en la sentencia emitida en su día por el Tribunal Supremo que obligaba a los bancos a devolver su dinero a los afectados por cláusulas suelo poco claras con efectos desde el 09 de mayo de 2013.

¿Qué añade la nueva sentencia dictada por el Tribunal de la UE?. Pues que se podrá devolver el dinero con efectos retroactivos no desde el 09 de mayo de 2013, sino desde el comienzo de la hipoteca.

Todo ello ha provocado una avalancha de personas hipotecadas (entre las que nos encontramos la mayoría de nosotros), hacia la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) y despachos de abogados autodenominados “especialistas en reclamaciones de cláusulas suelo”.

Pero, ¡atención!. No en todos los casos en los que exista una hipoteca con cláusula suelo, el hipotecado saldrá beneficiado con la devolución de su dinero afectado por dicho concepto.

Es muy importante saber que será necesario analizar caso por caso y tener cuidado con no caer en esas publicidades que prometen “sí o sí” una victoria segura.

En primer lugar, cabe señalar que las cláusulas suelo tanto antes como después de la sentencia del Tribunal Supremo de 09 de mayo de 2013, no son ilegales.

El TSJUE no ha reafirmado la legalidad de unas cláusulas que de por sí son legales, sino que ha dictaminado sobre si la limitación a la retroactividad fijada por el Tribunal Supremo español, se ajusta a la normativa europea.

En segundo lugar, indicar que si os consideráis víctimas de cláusulas suelo abusivas, lo primero que debéis hacer es reclamarlas en primera instancia ante el juzgado.

Si ese juzgado de primera instancia considera que una cláusula que limite la bajada de tipo de interés variable se ha incorporado a la hipoteca sin la debida transparencia, será entonces cuando tú como demandante, tendrás derecho a recibir del banco el dinero que hayas pagado de más desde el día de la firma ante notario (según esta nueva sentencia del TSJUE).

Es decir, para poder acceder a una sentencia que pueda resultarte favorable:

La cláusula suelo debe ser poco transparente para que el tribunal la considere abusiva y por tanto nula.

Y ¿qué se entiende por cláusula abusiva en este caso?. Pues:

a) Aquellas cláusulas que no has podido conocer al tiempo de la celebración del contrato (o sea, que no te informaron de las mismas).

b) Las cláusulas deben ser ilegibles, ambiguas, oscuras e incomprensibles.

Al respecto, debéis recordar que en un contrato escrito, vuestra firma equivale a aceptar las condiciones expuestas en el mismo.

Por tanto, el abogado que os represente, deberá demostrar ante el juzgado correspondiente, que esa cláusula suelo es abusiva bien por no estar redactada de manera clara (pese a estar firmada), bien porque en su momento no se os informó de la existencia de la misma (una práctica muy habitual hasta ahora por parte de los bancos).

Si el juez considera pertinente vuestra reclamación en base a los hechos expuestos por vuestro abogado, estimará la demanda y sólo a partir de entonces se podrá proceder a la devolución del dinero pagado de más.

Como veis no es tan sencillo. Todo tiene que seguir un proceso. Sin embargo, ambas sentencias (tanto la del Tribunal Supremo como la del Tribunal Europeo), son un avance para todos aquellos que sufrimos abusos por parte de las entidades bancarias.

Os animo a que si sois una de las muchas víctimas afectadas por las cláusulas suelo, reclaméis lo que os corresponde.

¡Ojo!. Debéis tener en cuenta que los procesos judiciales no son gratis. Por tanto, en caso de que reclaméis, deberéis pagar a un abogado y las costas del juicio cuando proceda.

Recomendación: acudid a la Oficina de Consumidores y Usuarios (OCU) más cercana y allí os indicarán qué pasos debéis seguir.

Desde www.garciaslopezasesores.es, también os ofrecemos asesoramiento jurídico al respecto. Podéis contactar con nosotros siempre que lo necesitéis a través de nuestra página web. Estaremos encantados de poder ayudaros.

Esta semana me despediré con una frase del escritor Paul Auster: “Si la justicia existe, tiene que ser para todos; nadie puede quedar excluido, de lo contrario ya no sería justicia”.

La próxima semana volveremos con nuevos contenidos, hasta entonces, sed felices.

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hipotecas-fijas-y-variables

2016-11-15, Marian López


Últimamente, las entidades financieras apuestan por las hipotecas con un tipo de interés fijo con el objetivo de infundir “seguridad” y tranquilidad a sus clientes.

En el título de mi post, esta semana he querido parafrasear al gran Shakesperare en su obra “Hamlet”, donde el protagonista dice una frase que forma parte de la historia de la literatura universal: “To be or not to be, that is the question”.

Muchos de mis clientes, a la hora de solicitar un préstamo hipotecario al banco se formulan la “pregunta del millón”: «¿Qué me conviene más, una hipoteca a tipo fijo o a tipo variable?».

Y yo les contesto… Pues depende.

Sé que es una respuesta ambigua, pero realmente hay que analizar bien los «pros» y «contras» de ambas opciones antes de “lanzarse” porque cada producto financiero tiene su público, y las hipotecas no iban a ser menos.

¿En que se diferencian las hipotecas a tipo fijo de las hipotecas a tipo variable?.

Hipotecas a tipo fijo.

1.- Las hipotecas a tipo fijo se desligan de la evolución del euribor (índice de referencia de la mayoría de hipotecas).

En este tipo de hipotecas los clientes se blindan ante las oscilaciones que pueda sufrir el euribor.

Si os habéis fijado, últimamente los bancos no paran de ofrecer hipotecas a tipo fijo, alabando las “bonanzas” de decantarse por esta opción.

Pero ¡ojo!, todo tiene un por qué: el euribor está en negativo desde febrero (la media de noviembre es de -0,070%).

Con unos diferenciales en mínimos, los bancos buscan alternativas para poder arañar margen y mejorar sus ingresos. Precisamente han encontrado en las hipotecas a tipo fijo un respiro para ganar margen.

Por ejemplo, una familia con ingresos estables (hoy en día es casi una “utopía”), sólo con nómina (sin más ingresos adicionales), con capacidad de ahorro limitada y que huye del riesgo, sería una buena candidata para una hipoteca a tipo fijo (siempre y cuando tenga el perfil económico exigido por el banco).

2.- El tipo de interés en las hipotecas a tipo fijo es constante durante toda la vida del préstamo. Sabes la cuota que vas a pagar todos los meses.

3.- A las hipotecas a tipo fijo no les afectan las subidas de tipos de interés (la cuota es constante en el tiempo), aunque tampoco podrán beneficiarse de las bajadas.

4.- La TAE refleja el coste del préstamo a lo largo de toda su duración.

Hipotecas a tipo variable.

Las hipotecas a tipo variable, suponen más del 90% del total de hipotecas solicitadas a los bancos.

Al principio es “más barata” una hipoteca a tipo variable ya que empiezas pagando menos que con una de tipo fijo, las comisiones son más bajas y además el euribor está en mínimos. Sin embargo, si el euribor sube, también lo hará tu cuota.

1.- El tipo de interés variará en función de la evolución de tipos. Puede bajar pero también subir.

Recordad que el interés que pagas en las hipotecas a tipo variable, se compone del euribor (que oscila) y un diferencial fijo. Por ejemplo la “Hipoteca Sin Más” de Bankinter ofrece el euribor + 1,20% (diferencial).

En las hipotecas a tipo variable, cada año se hará una revisión en base al comportamiento del euribor. Puede ser que tu cuota suba o baje.

2.- A diferencia de lo que sucede en las hipotecas a tipo fijo, en las hipotecas a tipo variable no conocerás el coste total hasta que termines de pagar la deuda, ya que cuando la contratamos desconocemos tanto la evolución del euribor como la inflación.

Se suele hacer una estimación aproximada de cuánto pagarás, calculando una TAE teórica con los últimos datos conocidos del índice de referencia, suponiendo que éste se mantenga constante (lo cual no es cierto, ya que el euribor varía).

Con los datos obtenidos, ¿Qué hipoteca me convendría?. ¿A tipo fijo o a tipo variable?.

Ya que la TAE no sirve para comparar préstamos fijos con variables, habrá que buscar otra opción comparativa.

En este caso, utilizaremos las perspectivas sobre la evolución de los tipos de interés, valorando varios escenarios:

Primer escenario: realista. Pese a que el euribor está en negativo, puede que progresivamente regrese a niveles cercanos al 2%.

Si por ejemplo el euribor se mantuviese muy bajo durante los próximos 2 años, sobre un 1% durante los 5 años siguientes y subiera al 2% hasta vencimiento, las hipotecas a tipo de interés variable seguirían siendo más interesantes que las de tipo fijo.

Segundo escenario: pesimista. Si los tipos de interés subieran deprisa y a niveles más altos, podrían resultar más interesantes las hipotecas a tipo fijo.

Por tanto quienes seáis más pesimistas sobre la futura evolución de los tipos de interés y si además no queréis asumir la incertidumbre de futuras subidas de tipos, os interesará escoger la opción de hipotecas a tipo fijo.

Un dato importante a tener en cuenta a la hora de decidirse por una u otra hipoteca. En las hipotecas a tipo fijo, se ha incluido una nueva cláusula: la compensación por riesgo de tipo de interés.

En caso de que queráis cambiaros de una hipoteca de tipo fijo a una de tipo variable, la operación os puede salir cara.

Con las hipotecas a tipo fijo, el banco cuenta con una expectativa de ingresos periódicos hasta el vencimiento de la operación. Si cancelas tu préstamo antes del vencimiento y los tipos bajan en ese momento, el banco te podría cobrar hasta un 5% en concepto de “compensación” por el dinero que ellos dejarían de ingresar.

No me cansaré de repetiros hasta la saciedad que leáis la “letra pequeña” de vuestros contratos porque es donde realmente aparecen todas las condiciones que se os aplicarán.

Puedes contactar con nosotros a través de nuestra página web www.garciaslopezasesores.es y te ayudaremos a despejar todas tus dudas.

Me despediré con una pequeña reflexión popular: “Si crees que no le importas a nadie, deja de pagar tu hipoteca”.

La semana que viene volveremos con nuevos temas. Hasta entonces, por favor, sed felices.

 

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Euribor Plus

2016-05-23, Marian López


Comienza el período de prueba para el Euribor Plus, nuevo índice hipotecario al que podrían ir referenciadas las hipotecas a partir del próximo año.

Estos días estaréis leyendo en la prensa que desde principios de julio, las hipotecas pasarán a estar referenciadas a un nuevo índice: el Euribor Plus. En realidad, lo que comienza este segundo semestre de 2016, es el período de prueba del citado índice.

En España, el 90% de las hipotecas están referenciadas al Euribor, por lo que la llegada de este nuevo índice nos preocupa y mucho.

Como todas las operaciones financieras difíciles de entender, al final lo que prima es la típica frase: «Sí, sí, todo eso está muy bien pero, ¿qué hay de lo mío«.

Y es que por muy enrevesadas que puedan parecernos algunas de las cosas que se hacen en el entorno financiero, a cada uno de nosotros lo que nos preocupa es cómo afectará eso a nuestra economía particular.

Ahora «nos salen» con otra «rareza» más (por si no tuviéramos suficientes), que lo único que consigue es generar un alarmismo masivo.

Por eso, mi objetivo con este post, es trataros de explicar de una manera sencilla en qué consistirá este nuevo Euribor Plus y cómo afectará a nuestras hipotecas.

¿Qué es el Euribor Plus?.

Lo primero que hay que aclarar es que el Euribor Plus no es ningún nuevo índice de referencia, sino una nueva metodología sobre la que referenciar las hipotecas en nuestro país.

Por tanto lo que se está diseñando es una nueva metodología de cálculo actualizada. Y es que por lo visto, el método empleado hasta ahora para calcular el Euribor al que van referenciadas la mayoría de nuestras hipotecas ha quedado «obsoleto».

Resumiendo: el Euribor Plus sustituirá al Euribor a 12 meses (el actual) como índice de referencia de las hipotecas.

El organismo encargado de gestionar este nuevo modelo es el EMMI (Instituto Europeo de Mercados Monetarios).

El Euribor Plus es definido por este organismo como un índice de referencia más fiable, cuyo objetivo es impedir su manipulación gracias a la nueva metodología empleada para calcular su tasa.

¿Por qué es más fiable el Euribor Plus que el Euribor a 12 meses?.

Para entenderlo, primero habría que recordar la definición de Euribor.

Las siglas Euribor corresponden a Euro Interbank Offered Rate, es decir, el tipo europeo de oferta interbancaria.

Es un índice de referencia que se publica diariamente que indica el tipo de interés medio al que las entidades financieras se ofrecen a prestar dinero a otros bancos.

Por tanto actualmente, el Euribor mide el tipo de interés medio al que los bancos se prestan dinero en Europa. El problema radica en que los bancos no ofrecen información exacta sobre operaciones con un interés real, sino que lo que hacen es mostrar una estimación del interés que se cobrarían entre ellos.

Además, a día de hoy, sólo hay 24 entidades que aporten esos datos. La intención con este nuevo modelo, es que se amplíe el número de bancos que faciliten datos.

Pero, os estaréis preguntando: qué casualidad que justo ahora cuando el Euribor a 12 meses está en negativo (lo cual favorece a los hipotecados), aparezca la «necesidad imperiosa» de buscar un nuevo método de cálculo llamado Euribor Plus. Un poco sospechoso, ¿no?.

La realidad es que la Comisión Europea, lleva ya detrás de este tema unos cuantos años. En concreto el detonante que activó este nuevo método de cálculo, fueron las distintas manipulaciones del Euribor y del Libor entre 2005 y 2009 por parte de seis bancos internacionales.

En 2013, dicha Comisión impuso una multa de1.710 millones de euros a Deutsche Bank, Société Générale, RBS, JPM, Citigroup y al bróker RP Martin por manipulación del Euribor, Libor y Tibor.

La intención del nuevo método es precisamente impedir que índices como el Euribor sean manipulados.

¿Cómo se calculará el Euribor Plus?.

1.- La nueva metodología para calcular el Euribor Plus, tendrá en cuenta- además de los depósitos que los bancos se hagan entre sí-, los de las grandes empresas, otras instituciones financieras, instituciones públicas, pymes no financieras, aseguradoras y fondos de pensiones (entre otros).

2.- La fórmula actual es demasiado volátil (inestable, cambiante). Actualmente, la tasa media se consigue eliminando el 15% más alto y el 15% más bajo. Pero para obtener el valor del Euribor Plus, lo que se pretende es hacer una mediana para determinar los cuatro o cinco bancos que ofrezcan los tipos centrales y con ellos se hará la media.

3.- En el caso de que haya días con datos insuficientes (días con pocas operaciones), la información se extraerá de los días previos a estas fechas. Evitando así la falta de información.

¿Cómo afectará el Euribor Plus a las hipotecas ya existentes?.

La pregunta del millón: ¿cómo afectará el Euribor Plus a mi hipoteca de hace 10 años?.

Según el EMMI, el Euribor Plus sólo supondrá un cambio de nombre y se harán pruebas para confirmar si su cotización y volatilidad son correctos o si por contra, no son estables.

Durante ese período de prueba, lo que se pretende es controlar la evolución del Euribor para comprobar si es perjudicial o beneficioso para los que estamos hipotecados.

En principio, si el impacto para los hipotecados es mínimo, este nuevo modelo saldrá adelante. De lo contrario, habría comenzar a reformularse todo.

Pese a que insistan en convencernos de que el impacto será mínimo, es lógico que queramos saber cómo nos afectará.

Desde organizaciones como la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios), comentan que son muchos los interrogantes que se plantean sobre la operativa del nuevo método para calcular el Euribor.

La OCU pide que se hagan públicos los resultados del nuevo Euribor durante los meses de prueba, y se calcule el Euribor empleando ambas metodologías, lo que permitirá comprobar si existen diferencias significativas entre ambos cálculos.

Yo creo que la petición de la OCU, constituye una solución justa: ya que cambian la manera de calcular el Euribor al que va referenciada mi hipoteca, al menos debo poder comparar para saber si me perjudica.

Recordad que desde www.garciaslopezasesores.es estamos dispuestos a ayudaros. Podéis consultarnos sin compromiso siempre que lo necesitéis.

Esta semana me despido con una cita del sociólogo y psicólogo David Riesman: «Estudia las frases que parecen ciertas y ponlas en duda«.

Pues eso, que aunque nos digan que no nos afectará este cambio, habrá que comprobar si el resultado nos perjudicará o no.

Hasta la semana que viene. Sed felices.

 

 

 

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Hipotecas fijas o variables

2015-07-20, Marian López


 

Los bancos siguen con sus guerras particulares, pero esta vez han cambiado de escenario: la guerra por el pasivo (depósitos a plazo fijo) se ha sustituido por «la guerra de las hipotecas«.

Hasta no hace mucho tiempo, todas las entidades luchaban por ver quién ofrecía el tipo de interés más elevado a los clientes con depósitos a plazo. Así en el 2008, los depósitos a un año se remuneraban con tipos de hasta el 5%. Actualmente uno de los bancos que mejor remunera el dinero a plazo es el Banco Mediolanum con su depósito al 1,30% a doce meses.

Ahora las entidades bancarias están centradas en lo que ellos denominan «activo«, es decir, los préstamos, y por encima de todos ellos el que más «movimiento» está generando es el de las hipotecas.

Si piensas comprarte un piso, estás de suerte porque ahora puedes encontrar ofertas para tu préstamo bastante interesantes.

En España, el 90% de las hipotecas contratadas están referenciadas al Euribor. Actualmente este índice se encuentra a niveles muy bajos (cerró junio al 0,163%), lo que produce que los préstamos hipotecarios también se abaraten.

Pero, ¿qué es el euribor?.

Para todos aquellos que no lo sabéis, el Euribor es el acrónimo de «Euro Interbank Offered Rate«. Se trata del tipo de interés que paga un banco cuando otro le presta dinero. Las entidades financieras usan diferentes tipos de interés según el plazo al que se prestan el dinero.

Así se puede hablar de euribor a una semana, un mes o un año. Precisamente el euribor a un año es el que se utiliza como referencia para las hipotecas.

Este índice sólo se aplica en los bancos de los Estados miembros de la Unión Europea que forman parte de la Eurozona.

Una vez aclarado en lo que consiste el euribor, volvamos a retomar nuestro tema. Los bancos aprovechando esa bajada del índice, se dedicaron a lanzar ofertas de hipotecas con interés variable. Ahora ofrecen tipos de interés bajos referenciados a un euribor en niveles mínimos.

Por ejemplo, Bankinter tiene como «producto estrella» su hipoteca a euribor +1,50% y Banco Santander le ha «tomado la delantera» con otra hipoteca a euribor + 1,25%.

Pero ¿os habéis fijado bien en la publicidad de estos préstamos?. Hay algún asterisco junto al que en letra bastante pequeña, se indica que en realidad estos tipos se aplicarán sólo durante el primer año. A partir de ahí, se revisarán y si suben, la hipoteca también se encarecerá.

Y es en este punto cuando cabe hacerse la pregunta: ¿me conviene más una hipoteca a interés variable o a tipo fijo?.

Como ya he indicado en líneas anteriores, el euribor está viviendo un momento muy dulce pero ¿qué ocurriría si comenzase a subir?. En 2008 los tipos de interés subieron y en julio de ese mismo año, el euribor alcanzó el 5,393%. El nivel más alto de la historia.

¿A qué a estos niveles ya no os parece tan atractiva la hipoteca con interés variable?. Ese año (2008), se sucedieron una serie de acontecimientos que fueron los responsables de la subida de tipos. No tiene por qué repetirse, pero bastaría con que el euribor alcanzase el 3% para que estas hipotecas «perdiesen fuelle«. Algo no descartable, dado el largo plazo del préstamo (30 años).

Sin embargo, pese a que en otros países son mayoritarias, en España las hipotecas a tipo fijo sólo representan un 7,5% de las firmadas (según datos del Instituto Nacional de Estadística de abril de 2015).

¿Qué es una hipoteca a tipo fijo?.

Aquella en la que durante toda su vida no varía el interés y por tanto, las cuotas a pagar se mantienen constantes.

Tradicionalmente se ha considerado que resultaban más caras que las de interés variable, ya que los tipos que aplican las hipotecas de interés fijo son más elevados. Además, los titulares de las mismas no podrán beneficiarse de las bajadas de tipos. Un punto positivo sería que tampoco les afectarían posibles subidas.

Veamos las diferencias entre los dos tipos de hipotecas que nos ayudarán a esclarecer nuestras dudas.

Diferencias entre hipotecas a interés fijo e hipotecas a interés variable:

1.-Tipos aplicables:

  • Hipotecas interés fijo: el tipo no varía durante toda la vida del préstamo.
  • Hipotecas interés variable: se revisa el tipo aplicable anualmente.

2.- Plazo de amortización:

  • Hipotecas interés fijo: el plazo máximo suelen ser 20 años (aunque hay algún préstamo que se concede incluso a 30).
  • Hipotecas interés variable: 30 años (hay préstamos a 40).

3.- Requisitos:

Suelen ser comunes para ambas:

  • Ingresos periódicos justificados (en el caso de hipotecas a tipo fijo, se exigen ingresos algo más elevados).
  • Estabilidad económica.
  • Que el nivel de endeudamiento (hipoteca incluida) no supere el 30% de los ingresos.
  • Aportación mínima del 20% del valor de compraventa de la vivienda.
  • Vinculación del cliente al Banco (cuanta más vinculación, mejores serán las condiciones de tu hipoteca): domiciliación de nómina, de recibos, seguros de vida y hogar.

Otra pista más que puede ayudarnos a decidirnos por una u otra es la oferta actual.

Ya hemos visto que entre las hipotecas a interés variable más baratas se encuentran las de Banco Santander a euribor + 1,25% y la de Bankinter a euribor + 1,50.

Respecto a las hipotecas a interés fijo, las más económicas son de nuevo la hipoteca a tipo fijo de Bankinter (del 2,05% a 10 años hasta el 2,75% a 20) y la Hipoteca Fija Premium de Banco Sabadell al 2,90%.

Las hipotecas a interés fijo últimamente nos están ofreciendo unos tipos que merecen la pena, pero ¡ojo! porque también existen tres peligros que debemos conocer:

  1. Más comisiones. Frente a comisiones de apertura cero en muchas hipotecas a interés variable, las hipotecas a interés fijo suelen tener comisión (por ejemplo, Bankinter cobra un 1%).
  2. Subrogación más cara. Si un día queremos cambiar nuestra hipoteca a otro banco, además de la comisión de subrogación, nos podemos encontrar con una comisión específica de las hipotecas a tipo fijo: la comisión por compensación de riesgo de tipo de interés (Bankinter cobra un 2,5%). Esta comisión puede encarecer mucho la operación.
  3. Plazos más cortos. En las hipotecas a tipo fijo el plazo máximo suele ser de 20 años frente a los 30 de las de tipo variable.

En definitiva, antes de lanzarnos a contratar una hipoteca a tipo fijo pensando que pagaremos menos que con una variable, tenemos que comprobar que plazo, comisiones y vinculación no difieran mucho de los de la hipoteca fija de la misma entidad.

De lo contrario, debemos preguntar al banco cuánto dinero nos va a suponer el pago de esas comisiones, las vinculaciones al mes que necesitamos para mantener ese precio y sumarlas a la cuota. Esa será la única manera de hacer una comparativa real entre las dos opciones: hipoteca fija o hipoteca variable.

Si necesitáis hacer alguna consulta al respecto, podéis contactar con nosotros a través de nuestra página web www.garciaslopezasesores.es

Que tengáis una feliz semana.