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Consejos inversión fondos

2016-02-29, Marian López


Los fondos de inversión son un producto interesante al que destinar parte de nuestros ahorros.

Con un entorno de tipos bajos, la alternativa a los depósitos durante el 2014 y el año pasado, fueron los fondos de inversión. Pese a que este año se haya producido alguna salida importante de dinero, no disponemos en el mercado de muchos más productos que tengan las ventajas de un fondo de inversión.

A través de los fondos, podemos diversificar nuestra cartera entre otros, por sectores o por países. También se puede diversificar por perfil de riesgo: hay fondos más conservadores (incluso garantizados) y otros mucho más agresivos.

Otra de las ventajas de los fondos de inversión, es que están gestionados por gestores profesionales. Además también gozan de una fiscalidad muy atractiva: no tributaremos hasta que no hagamos un reembolso (venta de participaciones) y podremos cambiarnos de fondo a fondo sin pagar un peaje fiscal.

Pero, ¡atención!. Un fondo de inversión es un producto a medio-largo plazo. Si no estáis dispuestos a mantener la inversión un mínimo de 3 años, olvidaros: los fondos de inversión no son vuestro producto.

A ello se une un escenario en el que predominan la incertidumbre y la volatilidad de los mercados. Por todo esto, ahora más que nunca, es altamente recomendable conocer muy bien los fondos de inversión que contratamos.

Desde nuestro post, os daremos una serie de consejos que deberíais tener en cuenta antes de invertir en fondos:

1.- ¿Cuánto dinero puedo invertir y qué riesgo estoy dispuesto a asumir?. Antes de lanzarnos a invertir en fondos es determinante saber:

  • Qué cantidad de dinero destinaré a invertir en fondos.
  • Qué nivel de riesgo estoy dispuesto a asumir.
  • Cuánto tiempo puedo esperar con mi dinero invertido para obtener la rentabilidad que deseo.

Estas preguntas son fundamentales para definir nuestro perfil de inversión. En base a los resultados de este perfil, nos podremos decantar por un tipo u otro de fondo. Para llevar a cabo esta tarea, debéis contar con el asesoramiento de un profesional.

2.- ¿Qué impacto fiscal tiene invertir en fondos de inversión?.

Los fondos de inversión participan de una serie de ventajas fiscales inexistentes en otros productos:

  • Diferimiento fiscal. En los fondos de inversión, somos nosotros quienes podemos decidir cuándo queremos tributar. Mientras no reembolsemos (venta de participaciones), no pagaremos impuestos.
  • Traspasos. Siempre que seamos personas físicas, podemos cambiar nuestra inversión de un fondo a otro sin tener que tributar. Esta ventaja no la tienen las personas jurídicas. Una Sociedad, tendrá que reembolsar y por tanto tributar, cada vez que realice un traspaso.

3.- No apuestes todo a una sola carta. La diversificación es clave a la hora de disminuir el riesgo al que te enfrentas cuando inviertes. Los fondos de inversión están obligados a diversificar los activos en los que invierten.

Tened en cuenta que cuanto más diversificada sea la cartera, más fácil será evitar las malas rachas en el mercado.

4.- ¿Me tengo que fijar en las comisiones a la hora de decidirme por un fondo de inversión?. La respuesta es simple: depende de la categoría. Existen comisiones que son fundamentales a la hora de elegir un fondo, pero en cambio hay comisiones secundarias.

Por ejemplo, las comisiones de gestión y depositaria, se descuentan directamente del precio del fondo. Es decir, si el fondo que contratas sólo tiene este tipo de comisiones, cuando te den el precio de la participación, éste será neto por lo que te resultará más fácil averiguar la rentabilidad.

Sin embargo, en el resto de fondos es necesario saber cuál  es su rentabilidad para decidir si una comisión alta o baja compensará lo que obtendrás con ese fondo.

5.- ¿En qué tipo de fondos me conviene invertir si no me gusta el riesgo?. Dada la situación actual de los mercados lo recomendable para un perfil más bien conservador es apostar por carteras que estén poco ligadas a activos de riesgo como los fondos de renta variable.

Lo ideal para perfiles «poco amigos» del riesgo, es invertir en carteras conservadoras poco ligadas a los vaivenes del marcado. Eso sí, debemos saber que en este tipo de fondos, las rentabilidades son muy bajas (ahora incluso negativas).

En el caso de decantarnos por fondos muy conservadores, sí que hay que fijarse en las comisiones y escoger los más baratos.

6.- ¿Hay que tener en cuenta las rentabilidades pasadas del fondo?. Supongo que a muchos de vosotros os sonará la frase «rentabilidades pasadas no aseguran rentabilidades futuras«.

Y es que la rentabilidad de un fondo de inversión, nos puede servir de orientación a la hora de contratarlo. Pero nunca debemos elegir un fondo basándonos sólo en su rentabilidad pasada.

Aunque en el pasado ese fondo haya funcionado bien y continúe haciéndolo, debemos fijarnos (y mucho) dónde invierte ese fondo.

7.- ¿Cuándo puedo rescatar mi fondo de inversión?. Recordemos que los fondos son productos de inversión a medio-largo plazo, por lo que lo recomendable es mantener la inversión como mínimo de 3 a 5 años.

Sin embargo, una de las ventajas de los fondos de inversión es su liquidez. Puedes disponer de tu dinero en el momento que lo necesites.

Si has contratado un fondo de una gestora española, lo normal es que tengas tu dinero en la cuenta en un plazo de dos días hábiles. Si por el contrario, tu fondo pertenece a una gestora internacional, el plazo se alarga hasta los cinco días hábiles, aproximadamente.

8.- ¿Quién gestiona los fondos de inversión?. Los fondos de inversión están gestionados por un equipo de gestores profesionales que cuentan con los conocimientos e información necesarios para realizar las mejores inversiones posibles a través de una estrategia que debe figurar claramente definida y detallada en el folleto informativo del fondo.

9.- ¿Quién controla los fondos de inversión y sus gestores?. Los fondos de inversión están sometidos al control de la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores).

Además están obligados a enviar a sus partícipes informes sobre la estrategia seguida y su rentabilidad. La información sobre los fondos es pública. En ella aparece: quién gestiona el fondo, qué estrategia sigue, dónde invierte en cada periodo, etc.

10.- ¿Qué sucede si quiebra le entidad donde hemos contratado el fondo de inversión?. En caso de quiebra de la entidad, vuestra inversión no se vería afectada, ya que estos activos están separados de los balances de la entidad financiera que nos ha vendido el fondo.

Estos activos se traspasarían a otra gestora a través de un proceso tutelado por la entidad depositaria del fondo y por la CNMV.

Espero que estos diez consejos os resulten útiles. No obstante, recordaros una vez más, que antes de contratar este tipo de productos es recomendable contar con el asesoramiento de un profesional que os ayude y aconseje.

Desde www.garciaslopezasesores.es, estamos dispuestos a prestaros el asesoramiento que necesitéis.

La semana que viene, volveremos de nuevo con otro tema. Hasta entonces, sed felices.

 

 

 

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Semáforo de riesgo

2015-07-27, Marian López


La CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) propuso en el mes de septiembre del año pasado, clasificar el riesgo de los productos financieros de inversión por colores.

El objetivo de esta clasificación era que los clientes pudieran identificar a simple vista, qué productos eran más seguros» y cuáles no. Los colores identificadores de este riesgo eran cinco (de menor a mayor riesgo): verde oscuro, verde claro, amarillo, naranja y rojo. Quedarían excluidos de dicha clasificación los depósitos simples y los fondos de inversión.

La idea es buena. Se trata de un instrumento más para ayudar a los «sufridos» clientes de los bancos en la identificación de los productos que contratan.

Entrecomillo la palabra «sufridos» porque yo siempre he distinguido tres tipos de clientes:

  • Aquellos con una cultura financiera a veces incluso superior a la del propio asesor de la entidad. Éstos tienen claro dónde invertir y asumen el riesgo de sus inversiones a cambio de obtener mayor rentabilidad.
  • El cliente con cultura financiera media. Tiene cierto conocimiento sobre algunos productos. En su mayoría conocen los depósitos y algo acerca de fondos o acciones, pero de manera bastante superficial. Con un «poco de persuasión«, el asesor del banco puede «colocarle» algún producto en campaña con un riesgo mayor al que realmente están dispuestos a asumir.
  • El cliente sin cultura financiera o con un conocimiento bastante escaso sobre productos financieros. Es «carne de cañón» para venderle todo lo que esté en campaña, se adapte o no a sus necesidades.

En este caso, la clasificación por colores de productos financieros ayudaría especialmente al segundo y tercer grupo de clientes. Sería una herramienta útil para que pudieran comprobar a simple vista, el riesgo del producto en el que tienen invertido su dinero.

El Ministerio de Economía en mayo del presente año, decidió ampliar a todos los productos financieros sin excepción este sistema de clasificación del riesgo basado en el semáforo y propuesto por la CNMV con el fin de evitar errores y malas prácticas en la comercialización al cliente particular.

Mientras la CNMV había presentado un código de cinco colores, imitando la imagen de la etiqueta de eficiencia energética de los electrodomésticos, Economía los aumenta a ocho: desde el gris, que indica el menor riesgo, al rojo, que alerta del mayor. Además incluía en la clasificación los depósitos, fondos, productos de seguros de vida ahorro y planes de pensiones.

Economía sometió a consulta pública el pasado 16 de junio este proyecto de orden ministerial relativo a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros con el que se pretende proteger al cliente minorista. La idea es que esta norma entre en vigor después del verano.

De momento (mientras no esté en vigor el proyecto del Ministerio de Economía), como he explicado al principio, los productos financieros se clasifican en cinco niveles de riesgo:

Riesgo CNMV

Los productos de clase A (verde oscuro) son instrumentos financieros en euros, con compromiso de devolución del capital en un plazo igual o inferior a tres años. El emisor dispone de un rating como mínimo igual al de España. Por ejemplo un bono del Tesoro a dos años.

Los de clase B (verde claro) tiene un plazo de vencimiento entre tres y diez años y un rating mínimo de inversión (al menos BBB). También pertenecen a esta clase los instrumentos de inversión que no sean en euros. Por ejemplo un bono a tres años que garantice el 100% del nominal, pero con divisa distinta al euro.

En el ecuador de la escala, están los productos de clase C (amarillo). Son instrumentos financieros con compromiso de devolución del capital con plazo superior a 10 años y un ratio mínimo de inversión. También se incluyen los de compromiso de devolución del capital igual o superior al 90%, en un plazo igual o inferior a tres años. Igualmente se incluyen los instrumentos financieros con compromiso de devolución del capital en divisa (distinta al euro) con plazo superior a tres años. Por ejemplo, un bono a 15 años.

Los de clase D (naranja) son todos los demás productos como las acciones.

Por último, los de clase C (rojo) son derivados, cuyo valor depende de la evolución de precios que sufra otro activo («activo subyacente»). El activo subyacente pueden ser acciones, un valor de renta fija, índices de bolsa (como el Ibex 35), etc. Conllevan un riesgo muy elevado ya que tu dinero se «apuesta» a lo que haga un determinado activo. En caso de que ese activo incremente su valor un X%, tu puedes obtener una buena rentabilidad, pero si cae por debajo de un porcentaje determinado, puedes llegar a perder gran parte de tu dinero (la pérdida es ilimitada).

Si alguno de vosotros tiene dinero invertido, ya habrá recibido un extracto con este sistema de semáforo advirtiéndoles del peligro que corre su inversión dependiendo del producto contratado. No corre la misma suerte un cliente con un depósito (en el peor de los casos el Fondo de Garantía de Depósitos le garantizaría hasta 100.000 euros), que un cliente que tenga acciones (el valor de las mismas fluctúa. Se puede llegar a ganar dinero, pero también perderlo todo).

La propuesta pendiente por parte del Ministerio de Economía, ampliaría este semáforo a ocho colores y además, aparecerían unos candados que advertirán sobre la liquidez de los productos (el porcentaje de capital garantizado y cuándo se devolverá).

Os adjunto un cuadro para que lo veáis con mayor claridad:

Clasificacion productos

Siguiendo esta nueva clasificación propuesta por el Ministerio de Economía, los productos de la Clase 1 (color gris), serán los más seguros. En este grupo se incluyen: depósitos en euros, seguros de vida sin riesgo de inversión y determinados Planes de Pensiones (los garantizados) y PIAS (Planes Individuales de Ahorro).

En la Clase 2 (verde oscuro) estarían los instrumentos financieros en euros con el 100% del capital garantizado y con plazo igual o inferior a tres años. Si el plazo es superior a esos tres años, pero igual o inferior a cinco, entraríamos en la Clase 3 (verde más claro).

La Clase 4 (verde pálido), recogería instrumentos financieros con plazos entre 5 y 10 años. A partir de ese vencimiento, nos iríamos a la Clase 5 (amarillo). También se incluirían aquí productos que no garanticen el 100% del capital, pero sí al menos un 90%. Estarían en este grupo los fondos, planes, seguros de vida y PIAS donde se asuma riesgo siempre que garanticen al menos un 90% y no inviertan en derivados.

En la Clase 6 (amarillo anaranjado), se incluyen los productos de clase 5 que no cumplan los requisitos. Las «opciones» entrarían dentro de la Clase 7 (naranja) y por último en la Clase 8 (rojo) el resto.

Una «opción financiera» es un instrumento financiero derivado que se establece en un contrato que da a su comprador el derecho (no la obligación), a comprar o vender bienes o valores (el activo subyacente, que pueden ser acciones, bonos, índices) a un precio predeterminado, hasta una fecha concreta (vencimiento).  

¡NOTICIA DE ÚLTIMA HORA!. Esta misma mañana del lunes 27 de julio, la prensa nos sorprendía con el anuncio de una SEGUNDA REFORMA del borrador. El Ministro de Economía Luis de Guindos, vuelve a modificar el sistema de clasificación de instrumentos financieros e identificación de productos complejos lanzado el pasado año por la CNMV.

Este último borrador aparecerá acompañado de un extenso preámbulo que defenderá su licitud frente al reglamento europeo y defenderá las competencias de Economía para llevar a cabo esta regulación.

Además con esta nueva reforma, se recorta el número de colores pasando de ocho a siete (se elimina el color gris) y reduce su dureza respecto a los productos derivados. El texto ya ha sido enviado al Consejo de Estado con el objetivo de firmarse antes de las elecciones generales.

Así es que ya sabéis, cuando veáis «colorines» en vuestra información del banco… ¡no los ignoréis!. Os están indicando el nivel de riesgo de vuestros productos y las posibilidades de recuperar vuestro dinero.

Pese a que este sistema intente clarificar las cosas, estoy convencida de que aún os quedarán dudas por resolver. Para ello debéis contar con el asesoramiento de un experto. Ya sabéis que en www.garciaslopezasesores.es nos dedicamos a ello.

Os deseo una feliz semana.