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Deducción fiscal

2015-11-30, Marian López


¿Es posible reducir la carga fiscal antes de que acabe el año?. La respuesta es sí y en este post descubriremos las claves para ello.

Desde que empieza el año y hasta que termina, tenemos doce meses para planificarnos e intentar ajustar y mejorar nuestra fiscalidad. Para ser sinceros, cabe preguntarse cuántos de vosotros realiza este ejercicio.

Claro, la presentación de la declaración de la renta es muy tardía, ya que se realiza entre los meses de abril a junio. No estamos por la labor de empezar a planificarnos el 1 de enero, quedando un año por delante. Ese es un rasgo típico de nuestro país: «dejarlo todo para el último momento«.

Reducir la carga fiscal, debería ser uno de nuestros objetivos prioritarios y no arrepentirnos a última hora pensando que ya mejoraremos nuestro resultado fiscal en el siguiente ejercicio.

Los últimos meses del año son perfectos para repasar cuál es nuestra situación fiscal y ante la misma, poner en marcha medidas para mejorarla. El punto de arranque consiste en controlar lo que hayamos pagado o estemos pagando.

El sistema fiscal sobre ganancias propio de nuestro país, se basa en un pago anticipado de los impuestos por la mayoría de nuestros ingresos cuando éstos se realizan.

Tenemos retenciones fiscales en nuestra nómina, en las facturas que emiten los autónomos o en los intereses producidos por las cuentas remuneradas o los depósitos a plazo.

Estas retenciones suponen un anticipo de lo que tendremos que pagar a Hacienda, aunque se trata sólo de algo orientativo. A veces podemos quedarnos «escasos» a la hora de hacer los cálculos y eso nos lleva a pagar más de lo que teníamos previsto. O al revés, puede que nos hayamos excedido y tengamos derecho a una devolución.

Por ello es tan importante una planificación fiscal adecuada: para evitar imprevistos de última hora.

Os vamos a ofrecer unos consejos para reducir la carga fiscal este año:

1.- Vivienda e hipoteca.

  • Para aquellos que quieran transmitir su vivienda. Nuestro consejo pasa por recomendar que esperen a cumplir los 65 años. La ganancia obtenida con la venta o la donación de la vivienda habitual, en la que se ha vivido durante al menos tres años previos, está libre de impuestos siempre que el vendedor tenga esa edad.
  • Recordar que quienes hayáis comprado vuestra vivienda antes del 1 de enero de 2013, tenéis derecho a deducción por compra de vivienda habitual. Os podéis deducir hasta el 15% de lo invertido con un límite de 9.040 euros.

Por tanto, si aún os beneficiáis de la deducción por compra de vivienda habitual, es aconsejable que realicéis pagos por vivienda en el 2015, amortizando hipoteca. Antes de hacerlo, comprobad la comisión que os cobra vuestro banco por dicha amortización.

  • ¿Qué ocurre si vendisteis vuestra casa en el 2015?. Pues que si queréis reducir vuestra carga fiscal, tendríais que comprar otra ya (antes de que acabe el año). Las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda tributan entre un 19,5% y un 23,5%, pero si ese importe se destina a comprar otra vivienda, el pago quedaría neutralizado.

2.- Trabajo. Es importante que comuniquéis a la empresa si se han producido cambios en vuestra situación familiar, como el nacimiento de un hijo o si pagáis alguna pensión alimenticia (normalmente se pagan cuando existe una separación o divorcio).

La cuantía de la retención en la nómina, a cuenta del IRPF depende- entre otras cosas- de las circunstancias familiares.

3.- Planes de pensiones. Es el «producto estrella» para reducir la carga fiscal. Esta recta hasta fin de año, es un buen momento para hacer aportaciones a los mismos. Recordad que la aportación máxima al plan de pensiones, ha bajado de 10.000 a 8.000 euros.

Si pensáis en rescatar vuestro plan de pensiones, recomendamos esperar a hacerlo durante el 2016, ya que el porcentaje de impuestos a pagar, baja el año que viene. El tipo mínimo de gravamen será del 19% (medio punto menos que en 2015).

Otro elemento a tener en cuenta es la forma en la que se rescate el plan de pensiones: si lo rescatáis como capital (todo de golpe) o en forma de renta (una cantidad al mes, por ejemplo). El impacto fiscal es mayor si rescatáis vuestro plan en forma de capital.

4.- Inversiones en Bolsa. Si invertís en Bolsa y parte de vuestra cartera está en negativo, tenéis la opción de vender esas acciones con pérdida, ya que si el período en el que se ha producido esa minusvalía es inferior al año, dichas pérdidas se pueden compensar con los rendimientos del trabajo.

El porcentaje de compensación es de un 10% este año, pero se incrementa al 15% en 2016, el 20% en el 2017 y al 25% en el 2018.

5.- Otras cuotas deducibles en la declaración de la renta:

  • Cuotas sindicales.
  • Honorarios pagados al abogado o procurador.
  • Donativos efectuados a favor de alguna ONG, fundaciones o entidades sin ánimo de lucro acogidas a la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos.
  • Donativos a otras fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública no acogidas a dicha ley. En este caso, la deducción es del 10%.

¡Ojo!.No olvidéis conservar los justificantes de los importes donados. En concreto, os podéis desgravar un 50% de los primeros 150 euros donados, y un 27,5% del resto de vuestras aportaciones. Este porcentaje se incrementa al 32,5% si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido durante los tres últimos años.

6.- Deducción por discapacidad. Todos aquellos que tengan un problema de salud que se considere como discapacidad, también se benefician de la reforma fiscal. Es aconsejable que pidáis un certificado de discapacidad. A partir de un porcentaje del  33% ya existen beneficios fiscales.

Podéis aprovechar estos consejos para reducir vuestra carga fiscal y pagar algo menos a Hacienda. Normalmente, para hacer una correcta planificación fiscal, es necesario recurrir a profesionales que se encarguen de ello.

Desde www.garciaslopezasesores.es, estamos dispuestos a prestaros ese servicio. Sólo tenéis que contactar con nosotros a través de nuestra página web.

Como os digo siempre, la semana que viene «más y mejor«. Mientras tanto, sed felices.