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FI Garantizados

2016-01-11, Marian López


Los Fondos de Inversión Garantizados son fondos de inversión que garantizan todo o parte del capital invertido, así como una rentabilidad media mínima prefijada para un determinado período de tiempo.

La semana pasada, la prensa económica se hacía eco de la siguiente noticia: «Este año vencen 6.800 millones de euros invertidos en fondos garantizados«. En total, son 137 los fondos de esta categoría con vencimiento en el 2016.

Ante un evento de tal magnitud, la banca se ha puesto «manos a la obra» para intentar captar o retener en sus entidades ese dinero.

Seguro que alguno de vosotros contará con un fondo de este tipo que en su día le recomendó el asesor de su banco de confianza.

Los fondos de inversión garantizados vivieron su época de máximo esplendor durante los años 2010 y 2011, cuando llegaron a acumular más de 52.000 millones de euros repartidos entre dos millones de partícipes.

Por aquel entonces, las administraciones públicas necesitaban financiarse y para ello emitieron una enorme cantidad de deuda a unos tipos de interés entre el 3% y el 6%, dependiendo del plazo.

Esto propició que las gestoras diseñaran fondos capaces de alcanzar un determinado nivel de rentabilidad, asumiendo pocos riesgos. Pero ahora, cuatro años más tarde, las cosas han cambiado.

Actualmente más del 40% de los bonos soberanos en el mercado (renta fija), ofrece rendimientos por debajo del 0%. Ante este panorama, los fondos de inversión garantizados carecen de sentido.

De hecho, debido a la constante caída de los tipos de interés de renta fija, desde el año 2012, no han parado de producirse constantes salidas de dinero de estos fondos, derivándose hacia fondos de renta fija mixta.

Para todos aquellos que tengáis un fondo de inversión garantizado y aún no sepáis cómo funciona, os vamos a ofrecer algunas características que os ayuden a entender dónde está invertido vuestro dinero.

Qué son los Fondos de Inversión Garantizados.

Como os hemos explicado al principio de este post, se trata de fondos que garantizan todo o parte del capital invertido, además de una rentabilidad mínima prefijada.

Si llegado el momento de vencimiento de la garantía, el valor del fondo es inferior al que se indicó en la carta o claúsula de garantía, entra en juego una tercera entidad financiera que cubre dicha garantía.

La rentabilidad de los fondos de inversión garantizados, puede ir referida a la evolución de un índice (por ejemplo, el Ibex 35) o a un conjunto de éstos.

Los gestores aseguran una determinada rentabilidad siempre que los inversores mantengan sus participaciones sin vender durante un plazo determinado (entre 3 y 5 años).

Otras veces, los fondos de inversión garantizados indican que se garantiza un valor de las cantidades invertidas (en muchos casos suele ser el 90%), más otro porcentaje de revalorización media (por ejemplo, un 60%) del índice o índices al que van referidos.

Pero ojo, porque para que puedas beneficiarte de estas garantías, además de entrar en el fondo (suscripción) en un momento determinado- en el banco te indican cuándo empieza a comercializarse el fondo-, no podrás salir de él (reembolso), hasta que no haya transcurrido un período de tiempo (entre 3 y 5 años).

Tipos de Fondos de Inversión Garantizados.

Existen tres categorías:

1.- Fondos de Inversión Garantizados de rendimiento fijo. Existe la garantía de un tercero que asegura lo invertido más un rendimiento fijo.

2.- Fondos de Inversión Garantizados de rendimiento variable. También cuentan con la garantía de un tercero que asegura la recuperación de la inversión inicial más una cantidad vinculada a la evolución de instrumentos de renta variable (una acción, un índice de Bolsa, etc).

3.- Fondos de Inversión Garantizados de garantía parcial. Tienen un objetivo concreto de rentabilidad a vencimiento, ligado a la evolución de instrumentos de renta variable u otro activo, para el que también existe garantía de un tercero, y que asegura la recuperación de un porcentaje inferior al 100% de la inversión inicial.

Características de los Fondos de Inversión Garantizados.

  • Si no quieres pagar comisión por entrar en el fondo, debes hacer la suscripción durante el período de comercialización del mismo.
  • Para que la garantía sea válida, deberás esperar a vencimiento del fondo. Sólo entonces te devolverán lo estipulado en el contrato.
  • En caso de que necesites dinero antes del vencimiento, deberás salir del fondo al precio que en ese momento tengan sus participaciones en el mercado, que puede ser superior o inferior al que pagaste cuando entraste. Además, te cobrarán comisión de reembolso (salida), por lo que muy probablemente, saldrás perdiendo.
  • Existen fondos garantizados con «ventanas de liquidez«. Son fechas predeterminadas en el contrato, en las que podrás salir del fondo sin pagar comisión de reembolso. Prestad atención porque hay unos plazos en los que debes preavisar de tu salida. Si no los respetas, acabarás pagando comisión.
  • Si decides salir del fondo en alguna de las «ventanas de liquidez«, debes tener en cuenta que lo harás al valor liquidativo que tenga el fondo en ese momento y que además perderás la garantía de rentabilidad.
  • Algunos fondos de este tipo, ofrecen unos «pagos periódicos«. Te ingresan un dinero trimestral o semestralmente. Lo hacen mediante reembolsos por los que deberéis tributar.

Opciones a vencimiento de la garantía.

1.- Que la gestora ofrezca una nueva garantía. Aquí podéis optar por:

  • Continuar en el fondo con las nuevas condiciones.
  • Reembolsar tu inversión sin comisión de reembolso (salida).
  • Sólo para personas físicas, solicitar el traspaso a otro fondo, también sin comisión de reembolso.

2.- Que la gestora no ofrezca una nueva garantía, y el fondo deje de ser «garantizado«. En este caso, podréis solicitar el reembolso (venta) de todas vuestras participaciones sin comisión de reembolso (sin coste). Es el «derecho de separación gratuito«.

Resumiendo, si alguno de vosotros tiene dinero en un Fondo de Inversión Garantizado que esté a punto de vencer, mucho cuidado con las opciones de reinversión que os ofrezca vuestro banco.

Muy probablemente, os deriven hacia otro tipo de fondos de inversión según vuestro perfil de riesgo.

No obstante, desde www.garciaslopezasesores.es, os recomendamos que acudáis a un profesional independiente que os pueda ayudar a tomar una buena decisión. Recordad que es vuestro dinero el que está en juego.

Volveremos la semana que viene. Hasta entonces, por favor, sed felices.

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2015-04-27, Marian López


La renta fija ya no es lo que era. Los ahorradores conservadores (que son una gran mayoría), ven como poco a poco los productos de inversión que se adaptan a su perfil, ofrecen rentabilidades cada vez más bajas.

De hecho, ya son muchos los que dicen aquello de «mejor tener el dinero debajo del colchón». Tampoco es eso, porque el dinero se va depreciando con el paso del tiempo, pero es cierto que los buenos tiempos para este tipo de inversor, han llegado a su fin.

El «producto estrella» por excelencia para los inversores conservadores era el depósito a plazo (también llamado imposición a plazo fijo o IPF).

¿Qué es un depósito a plazo?. Se trata de un producto que consiste en la entrega de una cantidad de dinero a una entidad bancaria durante un tiempo determinado. Transcurrido ese plazo, la entidad devuelve el dinero junto a los intereses pactados.

El banco también puede pagar dichos intereses periódicamente (mensual, trimestral o semestral) mientras dure la operación. Los intereses se liquidan en la cuenta corriente que el cliente tenga abierta en la entidad.

Hace unos años, se llegaron a ver depósitos a 12 meses con rentabilidades del 4% o incluso superiores. Pero paulatinamente estos tipos de interés se han ido revisando por el Banco de España a la baja, hasta llegar a la situación actual en la que apenas se paga nada.

Ahora, puedes sentirte afortunado si te pagan un 0,50% a un año. Y si lo hace, el banco te exige a cambio fidelidad absoluta, que incluye tener tu nómina allí, domiciliar recibos, contratar tarjetas, etc.

Y ¿cuál es el nuevo producto que los bancos ofrecen como el «maná» para sus clientes más conservadores?. Pues ni más ni menos que los depósitos estructurados. Los bancos nos lo presentan en un paquete precioso, con un gran lazo, como algo que nos dará unos jugosos intereses.

Pero ¡cuidado! porque «nadie da duros a pesetas». Es cierto que dan más rentabilidad que el típico depósito de toda la vida, pero como reza una máxima financiera: «a mayor rentabilidad, mayor riesgo».

Os voy a explicar de una manera sencilla en qué consiste un depósito estructurado para que lo entendáis.

 Existen dos tipos de depósitos referenciados:

  1. Depósitos mixtos. El 50% del dinero invertido va a un plazo y un interés fijo  y el otro 50% es un interés variable que suele ir referenciado a la evolución de un índice bursátil (por ejemplo el Ibex 35) o a una serie de acciones (por ejemplo Telefónica, Repsol).
  2. Depósito estructurado 100% variable. El tipo de interés depende totalmente de lo que hagan las acciones. Por ejemplo, ganarás un 20% de lo que se revalorice la acción.

Hoy por hoy, la mayoría de entidades sólo ofrecen el depósito estructurado de renta variable vinculando todo el dinero invertido a lo que hagan unas acciones o un índice determinado.

Así el cliente puede obtener más rentabilidad, pero ojo, porque corremos el riesgo de volver a casa con las manos vacías una vez que haya vencido el depósito, siendo «cero patatero» la rentabilidad acumulada durante los dos o tres años que suele durar el producto.

En el mejor de los casos, si el capital está garantizado, habremos perdido dos o tres años con nuestro dinero invertido en un producto que no nos ha dado ni un euro de interés.

Pero existen depósitos estructurados en los que podemos perder dinero.

Por ejemplo: depósito estructurado a dos años sin garantía de capital. referenciado a Telefónica y Repsol.

Año uno: el precio de ambas acciones está por encima del precio inicial o igual, el banco te paga un cupón (por ejemplo un 2%) y te devuelve el dinero.

Si el precio de alguna de las acciones está por debajo del inicial, el dinero se queda invertido un año más.

Segundo año: si el precio de ambas acciones está igual o por encima de su precio inicial, el banco te paga un 4% y te devuelve el dinero. Sin embargo, si alguna acción está por debajo de su precio inicial, te devolverán lo que valga la peor acción. En este caso, pierdes capital.

Mucho cuidado con los depósitos estructurados. Se han convertido en un gancho más y los bancos los venden «como churros». Hay que tener en cuenta entre otras cosas que:

  • El Fondo de Garantía de Depósitos, sólo garantiza la parte que vaya referenciada al plazo fijo, este Fondo no cubre la parte referenciada a una acción o un índice.
  • Debes conocer de antemano la comisión que te cobre el banco por cancelar el producto antes de tiempo, si eso es posible. Porque hay depósitos de este tipo que no permiten cancelación anticipada. La comisión suele estar entre el 1,5% y el 5% del importe invertido.

Como os digo siempre: por favor, leed atentamente la letra pequeña. Recordad que «la banca siempre gana». Sus empleados se mueven por objetivos, y os ofrecerán el producto que deje más margen a su empresa.

Por tanto, no firméis nada que no entendáis. En caso de duda, siempre podéis acudir a algún experto externo al banco (un asesor financiero) que os aclare todos los puntos del contrato, que os ayude a destapar la «cara B» de aquello que os intenten endosar.

Si tenéis alguna sugerencia o queréis hacer alguna consulta, podéis enviarme un mail a marian@garciaslopezasesores.es

Esta semana, os dejo con una frase que decía Manolito del cómic de Mafalda: «Se habla mucho de depositar confianza, pero nadie dice que interés te pagan».