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2016-09-12, Marian López


Consumir es adictivo. Vivimos en una sociedad abocada al consumo feroz. Si no te compras el móvil de última generación es porque no quieres.

Tanto comercios como financieras lo saben y nos ofrecen todo tipo de facilidades para acceder a productos impensables para nuestros bolsillos hace tan sólo unos años.

Ahora tener lo último en tecnología, comprarte ese bolso carísimo o el reloj con el que llevas soñando tanto tiempo, ya no son quimeras inalcanzables.

Las tarjetas, los mini créditos o la financiación de compras a plazos, nos ofrecen un universo de posibilidades para que esos «caprichos» puedan ser nuestros casi sin esfuerzo. Pero, ¿realmente los necesitamos?, ¿o podemos prescindir de ellos?.

En mi familia, tengo un caso muy cercano de alguien que trabaja más de 40 horas a la semana y nunca tiene dinero. ¿El problema?. Se gasta todo lo que tiene y más. ¿Por qué?. Porque comprar es su «nirvana» particular.

No sé si conocéis a Anna Newell Jones. Esta joven estadounidense tenía una adicción: la de consumir. Gastaba sin control hasta tal punto que se encontró con una deuda de casi 21.000 euros y sin dinero para poder devolverla.

Anna empezó con un «ayuno de consumo» que pasó a convertirse en una «dieta de consumo» con la que, en poco más de un año, consiguió saldar su deuda.

Ha decidido plasmar su éxito personal en un libro que os recomiendo encarecidamente titulado «The Spender’s Guide to Debt-Free Living» (La guía del gastador para vivir libre de deudas).

No es difícil pasar de consumir vorazmente a restringir tus gastos. Tan sólo es necesario tener algo de fuerza de voluntad.

¿Cómo consiguió Anna Newell frenar su afán consumista y saldar su deuda?.

 El primer año (según cuenta ella misma), es el peor. Lo que ella denomina «ayuno de consumo«. Es la fase más estricta en la que sólo vivía con lo esencial. Todo su gasto iba destinado a la comida como elemento de primera necesidad.

El segundo año, comenzó la «fase dos» de su experimento, denominada «dieta de consumo«. Durante esta segunda fase, se podía permitir algunos «caprichos» y se puso un tope de menos de 90 euros al mes.

Aún así, siempre tienes que seguir luchando contra esa «vocecita» interior que te incita a consumir. Es muy fácil dejarse llevar y volver a la rueda de la que habías salido.

¿Qué trucos podéis seguir para conseguir ahorrar?.

Consumir es fácil: basta con llegar a la tienda o meterte en la página web deseada y sacar tu tarjeta. El problema viene cuando ya ni siquiera la tarjeta te responde.

No son pocos los que piden un mini crédito para saldar la deuda de su tarjeta y no se dan cuenta de que con ello, lo único que consiguen es endeudarse aún más.

Ahorrar es mucho más difícil que consumir. Por eso es necesario aplicar algunos trucos que os ayuden a conseguirlo.

1.- Toma conciencia de tu problema. Es la «regla de oro«. Lo primero que deberemos hacer es ser conscientes de que tenemos un problema que se llama endeudamiento, y del que hay que salir.

2.- Analiza tu situación. ¡Párate a pensar!. Analiza el estado en el que te encuentras. Quizás te gusta consumir comprando cosas que no son necesarias, pero puedes afrontar el gasto que ello supone.

Lo que ocurre es que en la mayoría de casos, nos gusta consumir y lo hacemos sin analizar las consecuencias que puede tener en nuestra economía. Generalmente, no podemos asumir los gastos que acarrean esas compras sin control.

3.- Ordena tus deudas. Si los gastos proceden de varios sitios (tarjetas de crédito, préstamos), prioriza e intenta liquidar antes aquéllos por los que te van a cobrar más intereses para «quitártelos de encima» rápidamente.

4.- Planifica tus gastos. Coge un folio y divídelo en dos partes. Una será la lista de «necesidades» y la otra, la de «deseos«.

Dentro de la lista de necesidades estarían: la comida, la hipoteca o alquiler, los gastos de casa, las medicinas (en caso de que las tomases) o el teléfono.

En la lista de deseos entrarían los «caprichos» o los gastos más superfluos como los regalos, renovar el armario con alguna prenda de temporada, ir al cine, comer fuera de casa, etc.

Antes de consumir y caer en la tentación de comprar algo, hay que hacerse la gran pregunta: ¿realmente lo necesito?.

En www.garciaslopezasesores.es, creemos que una correcta planificación de tus finanzas es clave para mantener un buen rumbo en nuestra economía doméstica.

Ordenar nuestras cuentas, estar al día con los pagos y mantener a raya los gastos, son pautas que deberían convertirse en una rutina.

Parece sencillo, pero es difícil no sucumbir a la tentación en una sociedad consumista como la nuestra. Todo es cuestión de proponérselo. Ya lo decía Sófocles: «El éxito depende del esfuerzo«.

Pues ya sabéis… ¡A triunfar!.

La semana que viene, volveremos con un nuevo tema. Hasta entonces, por favor, sed felices.

 

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Gavel and house model isolated on a white background.

2015-09-28, Marian López


Me he dado cuenta de que en los últimos cinco años no me he comprado ningún «modelito» para ir de boda. Y es que estoy en esa edad en la que nuestros amigos ya no se casan, se divorcian y eso es algo que raras veces se celebra con una fiesta.

El caso es que ,desgraciadamente, algunos de nuestros clientes más recientes son precisamente amigos que están pasando por ese trance muchas veces agónico en el que se convierte el hecho de divorciarse.

Vamos a dejar a un lado el tema de los hijos, ya que es sumamente delicado para centrarnos en algo que también afecta a la ya ex-pareja y que causa más de un quebradero de cabeza: la hipoteca.

En el 2014 -según datos de la Sección Estadística del Consejo General del Poder General-, se registraron 126.400 demandas de divorcio que suponen un incremento del 7,2% respecto del 2013. De estas demandas 75.795 fueron de mutuo acuerdo.

Aún así, un divorcio conlleva no pocos problemas y uno de ellos es, como hemos señalado anteriormente qué ocurre con la hipoteca.

¿Qué opciones tienen aquellos que se ven afectados por esta situación?

1.- Venta del inmueble a un tercero. En este caso, tendrían que ponerse de acuerdo ambas partes para poner a la venta el inmueble y una vez ejecutada la misma, proceder al reparto del dinero. Esta opción parece bastante complicada cuando no existe mutuo acuerdo.

2.- Venta del inmueble a uno de los ex-cónyuges. A veces uno de los implicados decide comprar el inmueble al otro, pagándole la parte que le corresponda. Otra opción que también requiere consenso por ambas partes.

3.- Extinción del condominio. Parece la opción más acertada en este caso, además cuenta con unas ventajas fiscales que analizaremos más tarde.

¿Qué es la extinción de condominio?. Antes de responder a esta pregunta, debemos saber qué es el condominio. En Derecho Civil se define como la situación en la que la propiedad de una cosa es compartida por dos o más personas.

Por tanto, la extinción del condominio consiste en la disolución de la propiedad del bien común. En este caso, el bien sería la vivienda adquirida generalmente por ambos cónyuges al 50%.

Es una operación en la que uno de los dos propietarios cede su parte de la propiedad de la vivienda a la otra parte. Lo normal es que la parte que se queda con la vivienda compense económicamente a la otra (aunque no siempre es así).

Con la extinción del condominio se quita a uno de los dos en su condición de cotitular del inmueble. Para formalizar esta nueva situación es necesario acudir al Registro de la Propiedad e inscribir al nuevo y único titular. Tras esta inscripción, el registro se modificará y en lugar de aparecer dos titulares, sólo constará uno.

¿Es mejor extinguir el condominio o realizar una compraventa de la vivienda?.

Pues aquí es donde debemos hablar de las ventajas fiscales de la extinción del condominio. Y es que la citada extinción de esta figura jurídica reporta un mayor ahorro fiscal que si se decidiese vender la vivienda.

Mientras que con la compraventa hay que afrontar un impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) entre el 6% y 8%, con la extinción del condominio se pagaría un impuesto del 1% o 1,5% del valor de la vivienda dependiendo de la Comunidad Autónoma, en concepto de Impuesto por Actos Jurídicos Documentados (AJD).

A estos impuestos habría que sumar los gastos del notario, pero pese a ello la extinción de condominio conlleva un importante ahorro fiscal respecto a la compraventa.

Recopilemos. Los pasos a seguir para ceder tanto la vivienda como el préstamo hipotecario son:

  • Primero, se debe solicitar la extinción del condominio en el convenio regulador en el que se detalla la adjudicación de la propiedad de la vivienda a la ex pareja.
  • Segundo, hay que inscribir al extinción del condominio en el Registro de la Propiedad.
  • Tercero y último, acudir al banco donde tengáis contratada la hipoteca con la nueva inscripción de la propiedad para realizar el cambio de titularidad del préstamo hipotecario.

Nos detendremos en este último punto: el cambio de titularidad del préstamo hipotecario, la llamada novación de hipoteca.

Con la extinción del condominio se produce que uno de los propietarios de la vivienda deja de serlo, pero ¡ojo! porque aunque en el Registro de la Propiedad, el inmueble esté registrado a nombre de un solo titular, en el préstamo hipotecario del banco seguiréis figurando los dos titulares.

Esto implica que en el caso de que no se pague la hipoteca, aunque uno de los dos ya no sea propietario de la vivienda, tendrá que responder ante el impago de la otra parte.

Por tanto si lo que deseamos realmente es dejar de ser titular de la hipoteca, se tiene que proceder a la novación de la misma, lo que significa cambiar el titular del préstamo hipotecario.

Aquí es donde nos podemos topar con un problema: los bancos no están obligados a quitar del préstamo a uno de los deudores. Sólo lo harán si les interesa desde el punto de vista de su negocio.

Y es que los bancos no están dispuestos a prescindir de un deudor «porque sí«, ya que se produciría la salida de una de las garantías que tienen para el cumplimiento del pago de la deuda.

Las entidades bancarias para aceptar esa novación podrán optar por:

– Pedir que se añada un nuevo titular en el préstamo en sustitución del anterior.

– Incrementar el tipo de interés pactado en el primer préstamo.

– Incluir un nuevo aval.

Es importante que antes de nada os cercioréis de que el banco aceptará los cambios en la hipoteca.

Con cierta frecuencia se da el caso de que el nuevo titular no puede afrontar por si solo el pago de la hipoteca (recordad que el endeudamiento máximo permitido por el banco es del 30% de los ingresos) y se encuentra ante la situación de que en el Registro de la Propiedad consta como propietario de la vivienda al 100%, pero sin embargo el banco no acepta la novación.

En definitiva, es mucho más fácil separarse que desvincularse de una deuda común con el banco.

Si necesitáis más información al respecto, siempre podéis acudir a nosotros a través de nuestra página web www.garciaslopezasesores.es

Os deseo una feliz semana. Volveremos con nuevos contenidos que no os podéis perder.

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2015-06-29, Marian López


Este fin de semana, la tensión sobre un acuerdo o no de Grecia con el Eurogrupo ha sido palpable. El lunes todos los periódicos reflejarán en sus portadas la «papeleta» a la que tendrá que enfrentarse el país vecino.

Se habla del «corralito» griego y su efecto en la economía. Es cierto que la situación no deja de ser complicada pero por favor, señores, «que no cunda el pánico» aquí en España. Ante todo, calma y prudencia.

Para entender toda esta historia, voy a tratar de hacer un breve recorrido por la misma y analizar sus posibles efectos.

En primer lugar ¿sabemos lo que es un «corralito»?.

Esta expresión nos empezó a resultar familiar allá por el 2001 con la crisis económica de Argentina.

Originariamente en Argentina se conoce como «corralito» a una especie de pequeña jaula acolchada, cerrada con una red y cuya estructura suele ser de madera. En su interior se coloca al bebé para que duerma o juegue de manera segura, ya que no puede salir de ese diminuto recinto sin ayuda.

El periodista argentino Antonio Laje, empleó este término para tratar de hacer una analogía con la situación que vivía su país.

El gobierno argentino, decidió en diciembre de 2001 restringir la libre disposición de dinero en efectivo tanto en plazos fijos como en cuentas corrientes (la situación se prolongó durante casi un año).

Esto se hizo con el objetivo de evitar la salida de dinero de los bancos, y con ello una ola de pánico bancario que llevaría al colapso del sistema.

¿Os suena esta situación?. Seguro que sí, porque es exactamente lo que está ocurriendo en Grecia. Durante la semana pasada, los griegos retiraron 400 millones de euros de los bancos. Que las entidades financieras de un país se queden sin dinero, supone un grave peligro para el mismo.

Esta semana viviremos una «tragedia griega» en todo su esplendor. Y es que los griegos tras el rechazo de sus socios europeos a prorrogar su rescate, pasarán una de sus etapas más complicadas.

Datos clave a seguir con atención durante estos días:

  • Grecia tiene una deuda acumulada con sus acreedores de 342.200 millones de euros.
  • 30 de junio. Finaliza la prórroga que el eurogrupo había concedido a Grecia para el pago de su deuda. Ese día, Grecia tendría que pagar al Fondo Monetario Internacional (FMI), 1.600 millones de euros.
  • 05 de julio: referendum. Se celebrará una consulta ciudadana para decidir si aceptan firmar un acuerdo con sus acreedores para el pago de la deuda, o si por el contrario la rechazan. Para que el resultado sea válido, deberán votar un 40% de los griegos.
  • 20 de julio. Grecia debe afrontar un pago de 3.500 millones al BCE (Banco Central Europeo). Si no paga la banca griega perderá su acceso al BCE y se verá abocada a la bancarrota.
  • Agosto. Grecia deberá pagar otros 4,38 mil millones de euros a sus acreedores.

Mientras no llegue la fecha del referendum (05 de julio), el país vecino no recibirá ninguna financiación por parte de sus socios.

Ante esta situación y dado que el dinero es muy «miedoso», los griegos entraron en una espiral de pánico que les ha llevado a retirar esos 400 millones de euros de los bancos en una semana.

Resulta necesario un control del capital para evitar que el dinero siga saliendo del país. A tal efecto, el gobierno ha decretado para este lunes el cierre de los bancos.

¿Cómo puede afectar la situación Griega a los mercados españoles?

El primer efecto será sin lugar a dudas, una bajada de la Bolsa. La semana pasada vimos como el Ibex 35 -índice que recoge a las 35 compañías más representativas de nuestro país- subía casi un 4% en un día. Pero esta inestabilidad nos pasará factura.

Por tanto, si tenéis dinero invertido en acciones, notaréis directamente la bajada. Aquellos que tengáis fondos de Bolsa Española, mi recomendación antes de marcharos de vacaciones, es que reduzcáis vuestras posiciones en los mismos a la mitad.

Dirigid vuestras inversiones hacia fondos que apuesten por compañías con elevada rentabilidad vía dividendo. Dentro de la renta fija, serían recomendables los fondos flexibles globales y siempre con la divisa cubierta.

Seguro que habrá inversores decididos a llevarse su dinero a otros países en los que prácticamente no existe riesgo de que abandonen la zona euro, como Alemania, Luxemburgo, Países Bajos o Finlandia.

Pero mi consejo es de nuevo que no cunda el pánico. La zona euro dispone de mecanismos suficientes para lograr la estabilidad y evitar que se rompa el euro.

Los tenedores de deuda (a quien debe dinero Grecia) no son bancos, sino organismos supranacionales como el BCE (Banco Central Europeo) o el FMI (Fondo Monetario Internacional). La exposición de los bancos es mínima, por tanto apenas tendría repercusión para nuestros bancos que Grecia entrara en bancarrota.

Podéis estar tranquilos que vuestros ahorros no correrían peligro. Son los griegos quienes lo pasarían mal si salieran del euro y volvieran al dracma. ¿Por qué?. Pues porque una vuelta a su antigua moneda significaría pérdida de poder adquisitivo tanto para las empresas como para los ciudadanos.

No podrían mantener sus deudas en euros, ya que la diferencia al cambio de moneda sería muy alta (efecto de la devaluación).

¿Qué ocurriría con nuestro dinero en caso de un hipotético corralito en España?

  • No todo el dinero que depositamos en el banco depende de que éste vaya bien o mal.
  • Por un lado tenemos las deudas que contraemos con nuestro banco, como los préstamos y las hipotecas. Estas deudas, en caso de quiebra del banco, seguiríamos manteniéndolas.
  • Los fondos de inversión. El banco sólo es el vehículo a través del que se hace la contratación, pero dichos fondos dependen de su gestora. Por lo que ni siquiera la quiebra del banco les afectaría: siempre que se trate de fondos de gestoras externas a la entidad.
  • Depósitos y plazos fijos serían los que se verían más afectados pues en caso de corralito, se pueden bloquear.

Pero repito: en España no habrá ningún corralito. La decisión de romper con el euro, ha sido meramente política. Mientras nuestro país continúe en la zona euro, el Banco Central Europeo (BCE) seguirá cubriendo necesidades puntuales de liquidez.

Como os digo siempre, si necesitáis ampliar información al respecto o despejar alguna duda, podéis contactar con nosotros a través de nuestra página web www.garciaslopezasesores.es

Gracias y feliz semana.

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Sin dinero

2015-06-08, Marian López


Cuando vamos al banco a pedir un préstamo personal, lo hacemos con la intención de pagar la cuota que nos corresponda cada mes hasta liquidar la deuda. Sin embargo a veces aparecen situaciones en nuestra vida que impiden cumplir ese compromiso.

Constantemente escuchamos en los informativos noticias sobre familias con todos sus miembros en paro, o personas que de manera repentina sufren una discapacidad y se ven obligados a vivir con una mísera pensión.

¿Qué hacer si se nos presenta alguno de estos contratiempos?. Desde luego, lo que no podemos hacer es vivir constantemente sobresaltados, evitando coger el teléfono y escondiendo la cabeza como un avestruz.

Estas actitudes en ningún caso nos ayudarán a solventar el problema, sino más bien todo lo contrario.

Os voy a proporcionar algunas pautas a seguir en caso de que tengáis dificultades para pagar vuestra deuda.

Qué implica ser titular de un préstamo.

Un consejo: no tenéis que agobiaros porque existen soluciones en el caso de que no pueda pagarse una deuda.

Antes de contratar un préstamo personal, es básico conocer qué implica ser titular del mismo.

Los préstamos personales se llaman así precisamente porque tienen garantía personal. Cuando contratamos un préstamo personal, la garantía que ofrecemos a cambio del dinero que nos presta el banco serán nuestros bienes presentes y futuros.

Ante una situación de impago prolongado, un juez, bajo petición de la entidad financiera o de crédito, puede dictar sentencia que ordene el embargo de nuestros bienes.

Los bienes más comunes que suelen embargarse son la cuenta bancaria y la parte de la nómina o pensión que corresponda al salario mínimo interprofesional, pero si el importe de la deuda es elevado, también podrán embargarnos el coche, nuestra casa y todos aquellos bienes que se consideren necesarios para liquidar la deuda pendiente.

Otra cosa a tener presente: si alguien os ha avalado en el préstamo (un avalista) también responderá de la deuda.

Cuando un avalista firma como tal en el contrato del préstamo, acepta la deuda de forma solidaria junto a quien solicita dicho préstamo.

Llegado el momento en que nosotros no podamos pagar la cuota, y si no tenemos bienes que se puedan embargar (o son insuficientes), dicho avalista tiene la obligación de pagar la deuda y si es necesario, el juez podrá dictaminar que se embarguen sus bienes.

Qué hacer si ya soy moroso.

¡Ojo!. A partir del cuarto mes de impago de una deuda, se nos puede dar de alta en un fichero de morosos. Estos ficheros son muy consultados por los bancos a la hora de dar financiación. Mientras permanezcamos en ellos, es prácticamente imposible acceder a cualquier préstamo.

¿Cuáles son estos ficheros?. Pues por ejemplo, los bancos antes de conceder un préstamo miran el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas) y el ASNEF (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito). Son registros en los que aparecen los incumplimientos en pagos tanto de personas como de empresas o sociedades.

¿Se puede salir de estos listados?. La respuesta es que . Para dejar de aparecer en los listados de morosos debemos hacer tres cosas:

1.- Cancelar la deuda.

2.- Pedirle a la entidad un certificado conforme hemos pagado.

3.- Enviar ese certificado que indique que estamos «al día» en los pagos, al fichero de morosos para que nos borren.

Otro dato importante que debemos conocer es que a partir de la primera cuota que dejemos de pagar, la entidad nos cobrará los llamados «intereses de demora» (por retrasarnos en el pago).

Los intereses de demora suelen ser bastante superiores a los de los intereses ordinarios (los que te correspondan según las condiciones de tu préstamo).

Además, el banco también te puede cobrar una comisión por reclamación de pagos o cuotas impagadas. Ambos intereses se acumularán a la deuda principal, lo que hará que a largo plazo se tenga que pagar más dinero.

Planificación de gastos.

Llegados a este punto, es muy importante que hagamos una planificación de gastos mensuales donde el pago de las deudas sea prioritario a otros gastos.

Si nos encontramos con un problema económico (como por ejemplo quedarnos en el paro), dejar de pagar nuestras deudas no es la solución, ya que si lo hacemos lo único que nos acarreará serán más quebraderos de cabeza.

Y si por cualquier motivo no podemos pagar las cuotas del préstamo, antes de que venza la cuota, debéis sacudiros el miedo y la vergüenza para contárselo a tu persona de confianza en el banco.

Normalmente, los bancos si ven buenas intenciones por nuestra parte, tratarán de ofrecernos alguna solución como:

1.- Alargar el plazo de amortización para que las cuotas mensuales sean más bajas.

2.- Refinanciar la deuda (cancelar la deuda actual y volver a contratar otro préstamo que mejore las condiciones del anterior).

3.- Ofrecernos un período de carencia de capital, durante el cual sólo paguemos intereses.

Aunque todas estas opciones harán que la deuda sea superior a lo largo de los años, son prácticamente las únicas que existen a corto plazo. Los bancos siempre van a preferir cobrar las deudas- aunque sea con retraso-, que entrar en un proceso judicial.

La última alternativa: declararse insolvente.

En el peor de los casos, la única otra alternativa posible para hacer frente al impago de una deuda, sería declararnos insolventes.

Se tiene que llevar a cabo un concurso de acreedores, mediante el que se paralizan las demandas que nos hayan interpuesto por falta de pago y la posibilidad de embargo queda congelada hasta que no termine el proceso.

Será entonces cuando procedan a embargarnos bienes para que nuestros acreedores (por ejemplo el banco), puedan cobrar su deuda.

Como siempre os digo, si tenéis alguna duda al respecto o necesitáis hacer cualquier consulta, podéis contactar con nosotros a través de nuestra página web www.garciaslopezasesores.es

Hasta la semana que viene. Por favor, sed felices.