15 Nov La publicidad engañosa de los Fondos de Inversión
Tiempo de lectura: 5 minutos2015-11-16, Marian López
La semana pasada, la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) alertó en un comunicado sobre la publicidad engañosa de las gestoras respecto a los fondos de inversión.
En concreto, la CNMV ha realizado un análisis acerca del contenido de la información publicitaria que aparece en las páginas web tanto de las entidades gestoras como de las comercializadoras.
En palabras del organismo presidido por Elvira Rodríguez, “el resultado de dicho análisis ha permitido detectar algunas prácticas que deben modificarse”.
Como consecuencia de esa “publicidad engañosa” acerca de los fondos de inversión, el ahorrador recibe una información poco veraz sobre sus inversiones. En definitiva, la CNMV estipula que “la publicidad deberá ser clara, suficiente, objetiva y no engañosa”.
Y es que a lo largo de este año, más de un millón de ahorradores, debido a los tipos de interés tan bajos, han decidido traspasar su dinero de los depósitos a los fondos de inversión.
La CNMV ha decidido denunciar al supervisor de los fondos de inversión ante lo que considera “malas prácticas”, para defender al pequeño ahorrador, que muchas veces acude a los fondos como la única vía que le recomienda su banco de poder obtener algo más de rentabilidad.
Sin embargo, para entender a qué se refiere la CNMV, primero habría que recordar algunos conceptos básicos.
¿Qué son los Fondos de Inversión?.
Un Fondo de Inversión es un instrumento de ahorro que reúne a un gran número de personas que quieren invertir su dinero.
El fondo pone en común el dinero de un grupo de personas y una entidad gestora se encarga de invertirlo (cobrando comisiones) en una serie de activos que pueden ser tanto acciones como títulos de renta fija, activos monetarios e incluso otros fondos de inversión o una combinación de todos ellos.
¿Cuáles son los elementos de un fondo de inversión?.
La unidad de inversión de un fondo se llama participación, y los inversores son partícipes. Si quieres invertir en un fondo de inversión, tendrás que comprar participaciones (la compra se llama suscripción). Si quieres deshacerte de la inversión, te tocará vender tus participaciones (la venta se llama reembolso).
Una sociedad llamada gestora, decide en qué activos financieros se va a invertir. Además se encarga de todas las tareas administrativas y contables.
Otra sociedad llamada depositaria, custodia los valores y el efectivo que componen el patrimonio de los fondos de inversión.
¿Cómo se determina la rentabilidad de los fondos de inversión?.
El precio o valor de mercado de cada participación, oscila según los valores que compongan el patrimonio, y se calcula diariamente dividiendo el patrimonio total por el número de participaciones en circulación en ese momento. Es el llamado “valor liquidativo” que puedes consultar en las páginas web de las gestoras.
La rentabilidad que tú obtendrás se calcula como el porcentaje de variación del valor liquidativo entre la fecha de compra y la de venta, y puede ser positiva o negativa.
Y aquí es donde viene el “meollo” de todo este tema: en lo que publican las gestoras para informarte sobre la rentabilidad que has obtenido con tus fondos de inversión.
Veamos las siete prácticas que denuncia la CNMV:
1.- Publicitar rentabilidades pasadas cuando ha cambiado la política de inversión.
Algunas entidades financieras “incluyen datos con rentabilidades históricas obtenidas con anterioridad a un cambio sustancial en la política de inversión del fondo”.
Esto significa que si un fondo de inversión consiguió una rentabilidad media del 9% durante tres ejercicios invirtiendo mayoritariamente en renta variable, no tiene sentido que se publiquen esos datos si ahora el fondo por la situación de los mercados, ha cambiado y la mayoría de su cartera está en renta fija.
Es imposible obtener esas rentabilidades invirtiendo en renta fija, lo que puede generar falsas expectativas en los ahorradores.
2.- Datos de rentabilidad sesgados.
Hay gestoras que sólo publican rentabilidades históricas de los fondos de inversión obtenidas durante al último año o el año en curso.
De acuerdo a la normativa vigente las rentabilidades históricas deben hacer referencia a los cinco años anteriores (además del vigente) y si la vida del fondo es inferior a ese período, las gestoras están obligadas a publicar rentabilidades de un período mínimo de 12 meses.
3.- Sumar rentabilidades de varios años.
Tampoco se considera adecuada la publicidad sobre rentabilidades históricas de los fondos de inversión, acumuladas en periodos superiores a un año.
Por ejemplo, que se diga de un fondo que ha obtenido una rentabilidad del 40% en los últimos 6 años.
4.- Mostrar las bondades de los fondos de inversión, sin explicar los riesgos.
Otra práctica con la que quiere acabar la CNMV es que se haga publicidad sobre las grandes rentabilidades que se pueden obtener con un determinado fondo, sin avisar al futuro inversor de los riesgos asociados a la inversión en dicho fondo.
Todos sabemos que “a mayor rentabilidad, mayor riesgo”. Algo de lo que debe estar informado debidamente nuestro cliente. No vale eso de decirle lo bien que va el fondo de inversión, sin explicarle la “segunda parte”: que si quiere más rentabilidad, tendrá que arriesgar su dinero y estar dispuesto a perder parte del mismo en caso de que las cosas no vayan bien.
5.- Destacar la rentabilidad con letra grande y en rojo.
Hay gestoras que se dedican a destacar de manera exagerada las rentabilidades (siempre que éstas sean positivas, claro) de sus fondos de inversión. Sin embargo, la CNMV cree que “los resultados históricos no pueden ser el elemento más destacado de la comunicación”.
Y es que “rentabilidades pasadas, no garantizan rentabilidades futuras”. Para saber si un fondo tiene un buen comportamiento en su política de inversión, existen otros muchos datos más fiables que las rentabilidades obtenidas años atrás.
Por tanto, la rentabilidad no debe ser el único elemento a tener en cuenta a la hora de decidirse por un fondo de inversión. Ese es un error en el que caen muchos ahorradores y, lo que es peor, los que asesoran a dichos ahorradores.
6.- Entidades que incluyen en su web comentarios ampliamente destacados que pueden considerarse poco claros o engañosos.
Por ejemplo, comentarios en los que se indica que invertir en determinados fondos de inversión no suponen un riesgo para el inversor, o incluso que con determinados fondos se obtendrá una rentabilidad superior a la de otros productos financieros.
Estos contenidos no reflejan de manera cierta los riesgos que se asumen en fondos de inversión.
7.- Utilizar simuladores o videos que calculan una rentabilidad potencial futura basada en la rentabilidad histórica del fondo de inversión desde su constitución.
Los resultados futuros, según la normativa vigente, deben basarse en supuestos razonables respaldados por datos objetivos.
Como ya he dicho antes y no me canso de repetir, la rentabilidad que haya obtenido un fondo en el pasado, no significa en absoluto que en el futuro siga igual. Un fondo no es un depósito en el que conoces de antemano su rentabilidad.
Los activos en los que invierten los fondos de inversión van cambiando a lo largo del tiempo para adaptarse a las circunstancias de los mercados en cada momento.
Se deberá advertir de forma bien visible que las rentabilidades obtenidas en el pasado no son en ningún caso, un indicador fidedigno de resultados futuros.
Por tanto, cuidado con la «publicidad engañosa» de los fondos de inversión. Si pensáis en ellos como opción para rentabilizar vuestro dinero, aseguraros bien de lo que vais a contratar: «nunca os metáis en algo que no entendéis«.
En estos casos, acudir a un buen profesional que disipe vuestras dudas y os explique en profundidad el producto, es fundamental. Desde www.garciaslopezasesores.es, estamos dispuestos a ayudaros. Podéis consultarnos sin compromiso.
La semana que viene, volveremos con nuevos temas. Hasta entonces, sed felices.