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cobro-dividendos

2016-10-03, Marian López


El próximo lunes 3 de octubre de 2016 quienes tengan acciones se verán afectados por el cambio en el cobro de dividendos.

A lo largo de mi vida laboral en banca, he sido testigo de la cantidad de personas que poseen acciones independientemente de sus conocimientos financieros o su nivel económico.

¿El motivo?. A veces los clientes se encuentran en su cartera acciones heredadas de sus padres y otras son los mismos clientes quienes aconsejados o no por la persona de confianza en su banco, se deciden a comprar acciones con las que obtener algo de rentabilidad.

A partir del lunes 3 de octubre, todos aquellos con acciones en compañías que paguen dividendos, sufrirán un cambio en el cobro de los mismos.

Ahora será necesario tener acciones de una compañía tres días hábiles antes de un pago de dividendos.

¿Qué sucedía antes del cambio?. Pues que los inversores con acciones en bolsa española, podían comprar acciones incluso un día antes del reparto de un dividendo y tenían derecho a cobrarlo.

A partir de octubre una empresa que pague dividendos el martes, con la nueva normativa, la fecha límite para haber comprado las acciones y cobrar el dividendo correspondiente sería el martes (tres días hábiles antes del viernes).

Pero esto no es algo que haya ocurrido de repente sin más, tiene una explicación.  Desde el 27 de abril de este 2016 entró en vigor la denominada reforma del mercado de valores.

Esta reforma ya lleva varios años desarrollándose y su objetivo no es otro que el de crear una plataforma común de operaciones bursátiles en Europa y unificar las reglas que rigen en los distintos países europeos.

La citada reforma consta de varias fases y se espera que esté totalmente implantada en España a partir del 2017.

Ahora que ya sabéis en qué os afecta el cambio del cobro de dividendos, explicaré algunos conceptos para aquellos que sois accionistas «accidentales» y no expertos en la materia.

¿Qué son los dividendos?.

 Los dividendos son una forma de retribuir a sus accionistas que tienen algunas empresas.

Cuando una empresa obtiene beneficios, el equipo directivo decide qué hacer con ese dinero: si lo reinvierte en el propio negocio, o lo reparte entre los accionistas en forma de dividendos.

Las empresas más estables eligen una fórmula equilibrada que consistiría en reinvertir una parte de los beneficios obtenidos y pagar el resto como dividendos.

Dichas empresas pueden pagar a sus accionistas los dividendos en efectivo (una cantidad x por acción) o en forma de acciones (gratuitas para los accionistas).

Los dividendos permiten «compensar» de alguna manera el precio de una acción que no se mueve mucho, proporcionando a sus accionistas un ingreso.

Sin embargo las compañías de «alto crecimiento» normalmente no ofrecen dividendos, ya que reinvierten los beneficios para mantener su crecimiento ampliando el negocio.

Entonces, ¿cómo recompensan a sus accionistas?. Pues la recompensa de estas compañías a sus accionistas es un precio de las acciones mayor del esperado. Así tus acciones pasarán a valer más en el mercado.

¿Cuándo se pagan los dividendos?.

Cada vez que una empresa paga dividendos, debe declararlo oficialmente la Junta Directiva.

Normalmente, las empresas que pagan dividendos en efectivo lo hacen cada seis meses, pero en ocasiones pueden decidir pagar un dividendo extraordinario.

¿Qué fechas hay que tener en cuenta?.

1.- Fecha de la declaración. Es la fecha en que la Junta Directiva anuncia a los accionistas y al mercado en su conjunto que la compañía pagará dividendos.

2.- Fecha ex-dividendo o «ex-date«. Es el día a partir del cual se negocia la acción en el mercado sin derecho a participar en el dividendo.

3.- Fecha de registro o «record date«. Día en el que la empresa mira en sus registros para saber quiénes son los accionistas de la misma.

Un inversionista debe figurar como titular en el registro para garantizar el derecho a cobrar dividendos.

4.- Fecha de pago o «payment date«. Es el día en el que se pagan los dividendos a todos aquellos que tengan derecho a su cobro.

Por último, si tenéis acciones o estáis interesados en invertir en bolsa, tened siempre en cuenta estos sencillos consejos:

  • Nunca acertarás el momento exacto en el que comprar o vender una acción. Olvídate de análisis técnicos. Lo único que puedes hacer tú o tu asesor es identificar los niveles óptimos para entrar o salir de una acción y actuar cuanto antes.
  • Corta pérdidas rápidamente. No esperes a que la acción baje a mínimos. Hay que dejar correr las posiciones ganadoras y cortar las pérdidas.
  • Rentabilidad y riesgo van unidos: a mayor rentabilidad, mayor riesgo y viceversa.
  • No ir nunca contra la tendencia. Si el mercado sube, la mayoría de acciones subirán y si baja, éstas caerán.
  • Aíslate de los rumores. No hay que dejarse llevar por la euforia ni por las alarmas. Crea tu propio método y actúa según el mismo.

Desde www.garciaslopezasesores.es, esperamos que este post os resulte útil. Ya sabéis que podéis poneros en contacto con nosotros a través de nuestra página web. Estaremos encantados de ayudaros.

Y recuerda, como dice el gran inversor y empresario Warren Buffett: «Nunca inviertas en un negocio que no puedas entender».

La semana que viene, prometo volver con un nuevo tema. Hasta entonces, por favor, sed felices.

 

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Que viene el coco

2016-05-09, Marian López


Los bonos Convertibles Contingentes (CoCos) han llegado a las sucursales de los bancos. Se trata de deuda bancaria de alto riesgo.

¿Quién de nosotros no habrá oído eso de «Que viene el Coco«?. Pues bien, esta vez parece que viene de verdad disfrazado de fondo con una más que atractiva rentabilidad.

Pero… ¡cuidado!. Los CoCos han sido catalogados por la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores), como producto desaconsejado para los inversores minoristas. O sea, cualquier ahorrador de «a pie».

Como ya deberíais saber, el binomio rentabilidad-riesgo funciona siempre igual: «a mayor rentabilidad, mayor riesgo» y viceversa.

¿Qué están haciendo las sucursales bancarias para vender este producto catalogado como de riesgo?. Lo comercializan a través de fondos de inversión en los que puedes entrar a partir de 10 euros.

Son ya varios los bancos españoles que lo están ofreciendo con rentabilidades que van desde el 9% al 13%. Y decidme, con los tipos de interés en mínimos, ¿a quién no le atrae el poder obtener una muy buena rentabilidad sin invertir demasiado dinero?.

Vamos a tratar de explicar de manera sencilla qué son esos CoCos, su funcionamiento y lo que debéis tener en cuenta si os los ofrecen.

¿Qué son los CoCos?.

Las siglas se corresponden a su definición: son bonos Convertibles Contingentes. Un producto híbrido a medio camino entre deuda y capital, que tienen la posibilidad de transformarse en acciones del banco en caso de que se cumplan determinadas condiciones.

Como seguro que la mayoría de vosotros os habréis quedado igual con esta definición, vamos a simplificar.

Un banco (como empresa) decide emitir deuda a través de bonos para tratar de incrementar su capital y poder así cumplir con los requisitos precisamente de capital que les exigen los organismos superiores encargados de regular el sector bancario.

Y ¿cómo van a vender esos bonos?. Pues muy fácil: ofrecen la posibilidad a los pequeños inversores, de a cambio de comprar esos bonos, obtener una rentabilidad muy superior a la que ofrece el mercado.

Cuanto más dinero logre captar el banco a través de estos bonos, más aumentará su capital «de reserva« (es un dinero que deben tener los bancos obligatoriamente para cubrirse en caso de que las cosas vayan mal).

Por tanto al banco le va genial, y el inversor (nosotros) sale ganando porque obtiene una buena rentabilidad.

Hasta aquí todo bien, ¿no?. Pero como ya hemos avanzado, «no hay dos sin tres«. Nadie recibe elevadas rentabilidades sin un riesgo detrás, y el que piense lo contrario, está muy equivocado.

Estos bonos como su propio nombre indica, se pueden convertir en acciones. Ahora empieza lo bueno…

En los bonos convertibles normales, esta conversión de bonos en acciones se deja en manos del inversor. Si a vencimiento de dichos bonos, yo como inversor no quiero convertirlos en acciones, quien los haya emitido me tiene que devolver mi dinero.

En cambio en los bonos Convertibles Contingentes (CoCos), esta decisión de convertir dichos bonos en acciones ya no está en manos del inversor (en nuestras manos), sino que la conversión vendrá sujeta a una serie de condiciones. Ya no seremos nosotros quienes decidamos si convertimos nuestros bonos en acciones o no.

¿Qué ventajas tienen los CoCos para los bancos?.

Para los bancos como emisores de los bonos, la deuda se convierte forzosamente en capital a través de acciones. Esta conversión la realiza de forma unilateral el propio banco para mejorar su capitalización cuando baja su nivel de capital por debajo de lo que debiera.

La elevada rentabilidad que ofrecen los bonos antes de convertirse en acciones, está muy por encima del resto de productos en mercado, lo que la hace atractiva para los inversores.

Por tanto, aumenta el número de inversores dispuestos a comprar estos bonos, mejorando con ello las posibilidades de que el banco se financie.

¿Qué suponen los CoCos para los inversores?.

Como ya hemos dicho, bancos como: Popular, BBVA, Santander, Bankinter y Deutsche Bank, están ofreciendo bonos contingentes convertibles (CoCos) a través de fondos de inversión, en los que se puede entrar a partir de 10 euros, obteniendo a cambio rentabilidades entre el 9% y el 13%.

Para los inversores como nosotros, comprar estos bonos (ya sea directamente, ya a través de fondos de inversión que invierten en los mismos), supone una manera de obtener una rentabilidad fija durante un plazo (hasta que venza el bono).

Las rentabilidades suelen ser bastante atractivas, y con pago de intereses anual.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que estos bonos se convierten en capital si el banco así lo decide (el inversor aquí no pinta nada). Y ¿cuándo decide el banco convertir esa deuda en capital?. Pues cuando las cosas no le van bien. Si su nivel de capital baja por debajo del exigido por normativa.

Por tanto, cuando al banco empiezan a irle mal las cosas, decide que te convierte esos bonos en acciones, con la pérdida de capital correspondiente.

Es decir, cuando al banco le va bien, a ti también, puesto que recibes un tipo de interés elevado durante el plazo que dura el bono (suele ser duda sin plazo de vencimiento predeterminado) y a vencimiento (lo decide la propia entidad emisora), el banco te devuelve tu dinerito (además de los intereses que hayas ido cobrando).

El problema viene cuando al banco le va mal. En ese caso, a ti también te irá mal: verás como tus bonos se convierten en acciones del banco que te vendió el producto de la noche a la mañana. En este caso, asumirás la pérdida de valor que tengan dichas acciones, con lo que perderás dinero.

Por si esto fuera poco, en caso de quiebra del banco, los accionistas (si has invertido en CoCos tú serás un accionista más) serían los últimos en cobrar.

Resumiendo: mucho ojo con los «fondos trampa» que os pueden vender en el banco. Actualmente, hasta los fondos de renta variable están en negativo o con rentabilidades no muy elevadas.

Cuando os ofrezcan algún fondo con rentabilidades que os parezcan muy buenas, antes de nada preguntad en qué invierten. Si os dicen que uno de los instrumentos en los que invierten son bonos Convertibles Contingentes, se os debe encender el piloto rojo.

Cuidado porque «nadie da duros a pesetas«. Normalmente una buena rentabilidad, conlleva riesgo y eso es algo que debéis valorar antes de firmar ningún papel que os comprometa.

Si necesitáis algún tipo de asesoramiento para vuestro dinero, no dudéis en contactar con nosotros sin ningún compromiso a través de nuestra página web www.garciaslopezasesores.es

Esta semana, me despido con una frase del fabulista francés Jean de La Fontaine: «La avaricia lo pierde todo por quererlo todo«. Ahí lo dejo.

Volveremos la próxima semana con nuevos contenidos. Hasta entonces, sed felices.

 

 

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money2

2015-04-27, Marian López


La renta fija ya no es lo que era. Los ahorradores conservadores (que son una gran mayoría), ven como poco a poco los productos de inversión que se adaptan a su perfil, ofrecen rentabilidades cada vez más bajas.

De hecho, ya son muchos los que dicen aquello de «mejor tener el dinero debajo del colchón». Tampoco es eso, porque el dinero se va depreciando con el paso del tiempo, pero es cierto que los buenos tiempos para este tipo de inversor, han llegado a su fin.

El «producto estrella» por excelencia para los inversores conservadores era el depósito a plazo (también llamado imposición a plazo fijo o IPF).

¿Qué es un depósito a plazo?. Se trata de un producto que consiste en la entrega de una cantidad de dinero a una entidad bancaria durante un tiempo determinado. Transcurrido ese plazo, la entidad devuelve el dinero junto a los intereses pactados.

El banco también puede pagar dichos intereses periódicamente (mensual, trimestral o semestral) mientras dure la operación. Los intereses se liquidan en la cuenta corriente que el cliente tenga abierta en la entidad.

Hace unos años, se llegaron a ver depósitos a 12 meses con rentabilidades del 4% o incluso superiores. Pero paulatinamente estos tipos de interés se han ido revisando por el Banco de España a la baja, hasta llegar a la situación actual en la que apenas se paga nada.

Ahora, puedes sentirte afortunado si te pagan un 0,50% a un año. Y si lo hace, el banco te exige a cambio fidelidad absoluta, que incluye tener tu nómina allí, domiciliar recibos, contratar tarjetas, etc.

Y ¿cuál es el nuevo producto que los bancos ofrecen como el «maná» para sus clientes más conservadores?. Pues ni más ni menos que los depósitos estructurados. Los bancos nos lo presentan en un paquete precioso, con un gran lazo, como algo que nos dará unos jugosos intereses.

Pero ¡cuidado! porque «nadie da duros a pesetas». Es cierto que dan más rentabilidad que el típico depósito de toda la vida, pero como reza una máxima financiera: «a mayor rentabilidad, mayor riesgo».

Os voy a explicar de una manera sencilla en qué consiste un depósito estructurado para que lo entendáis.

 Existen dos tipos de depósitos referenciados:

  1. Depósitos mixtos. El 50% del dinero invertido va a un plazo y un interés fijo  y el otro 50% es un interés variable que suele ir referenciado a la evolución de un índice bursátil (por ejemplo el Ibex 35) o a una serie de acciones (por ejemplo Telefónica, Repsol).
  2. Depósito estructurado 100% variable. El tipo de interés depende totalmente de lo que hagan las acciones. Por ejemplo, ganarás un 20% de lo que se revalorice la acción.

Hoy por hoy, la mayoría de entidades sólo ofrecen el depósito estructurado de renta variable vinculando todo el dinero invertido a lo que hagan unas acciones o un índice determinado.

Así el cliente puede obtener más rentabilidad, pero ojo, porque corremos el riesgo de volver a casa con las manos vacías una vez que haya vencido el depósito, siendo «cero patatero» la rentabilidad acumulada durante los dos o tres años que suele durar el producto.

En el mejor de los casos, si el capital está garantizado, habremos perdido dos o tres años con nuestro dinero invertido en un producto que no nos ha dado ni un euro de interés.

Pero existen depósitos estructurados en los que podemos perder dinero.

Por ejemplo: depósito estructurado a dos años sin garantía de capital. referenciado a Telefónica y Repsol.

Año uno: el precio de ambas acciones está por encima del precio inicial o igual, el banco te paga un cupón (por ejemplo un 2%) y te devuelve el dinero.

Si el precio de alguna de las acciones está por debajo del inicial, el dinero se queda invertido un año más.

Segundo año: si el precio de ambas acciones está igual o por encima de su precio inicial, el banco te paga un 4% y te devuelve el dinero. Sin embargo, si alguna acción está por debajo de su precio inicial, te devolverán lo que valga la peor acción. En este caso, pierdes capital.

Mucho cuidado con los depósitos estructurados. Se han convertido en un gancho más y los bancos los venden «como churros». Hay que tener en cuenta entre otras cosas que:

  • El Fondo de Garantía de Depósitos, sólo garantiza la parte que vaya referenciada al plazo fijo, este Fondo no cubre la parte referenciada a una acción o un índice.
  • Debes conocer de antemano la comisión que te cobre el banco por cancelar el producto antes de tiempo, si eso es posible. Porque hay depósitos de este tipo que no permiten cancelación anticipada. La comisión suele estar entre el 1,5% y el 5% del importe invertido.

Como os digo siempre: por favor, leed atentamente la letra pequeña. Recordad que «la banca siempre gana». Sus empleados se mueven por objetivos, y os ofrecerán el producto que deje más margen a su empresa.

Por tanto, no firméis nada que no entendáis. En caso de duda, siempre podéis acudir a algún experto externo al banco (un asesor financiero) que os aclare todos los puntos del contrato, que os ayude a destapar la «cara B» de aquello que os intenten endosar.

Si tenéis alguna sugerencia o queréis hacer alguna consulta, podéis enviarme un mail a marian@garciaslopezasesores.es

Esta semana, os dejo con una frase que decía Manolito del cómic de Mafalda: «Se habla mucho de depositar confianza, pero nadie dice que interés te pagan».